BOLETÍN OFICIAL Nº 53 – 12/05/17
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 6014 (PRORROGADA POR LEY Nº 6036)
“PRÓRROGA DE LA SUSPENSIÓN DE LOS TRÁMITES DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”
ARTÍCULO 1.- Prorróguese por el plazo de ciento ochenta (180) días la suspensión de los trámites de prescripción adquisitiva ante los Tribunales de la Provincia de Jujuy, sobre inmuebles de propiedad del Estado Provincial, sean estos de dominio público o privado, conforme lo establecido en la Ley N° 5960.
ARTÍCULO 2.- Prorróguese por el plazo de ciento ochenta (180) días la facultad acordada al Poder Ejecutivo Provincial para que a través de Fiscalía de Estado, investigue, estudie analice y evalué los trámites de prescripción adquisitiva otorgados en los últimos diez (10) años y los que se encuentren en etapa de conocimiento, decisión y/o ejecución en el ámbito de la Justicia Provincial, como así también, las transferencias de dominio producidas sobre dichos inmuebles en el lapso temporal indicado. Todo ello a los efectos de analizar, ordenar e intervenir en tales procesos las acciones legales que correspondan conforme a derecho.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 Mayo de 2017.‑
Dr. Nicolás Martin Snopek
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
C.P.N. Carlos G. Haquim
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-
EXPTE. N° 200-174/17.-
CORRESP. A LEY N° 6014.‑
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DE MAYO 2017.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR