BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 17/11/14

Icon_PDF_6DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1384.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 NOV. 2014.-

VISTO:

Las disposiciones del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013 y la Resolución General Nro. 1355/2014, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución General Nº 1355 se implementa un procedimiento de registración, autenticación y autorización de usuarios a través de la Clave Fiscal con el fin de que los contribuyentes utilicen y/o interactúen, a través del sitio web del organismo, www.rentasjujuy.gob.ar, para los servicios informáticos que la requieran, con la seguridad, integridad y facilidad que el medio ofrece para realizar operaciones.

Que, es objetivo de éste organismo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes y/o responsables maximizando de este modo las ventajas y utilidades de las tecnologías informáticas destinadas a la transmisión y el procesamiento de datos.

Que, es necesario implementar un sistema de recaudación de tributos homogéneo e íntegro a fin de optimizar el procesamiento de comprobantes emitidos a través del sitio web de la Dirección;

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Habilitar el Formulario F-193 “Volante de Pago”, el que será utilizado para el pago del impuesto sobre los Ingresos brutos de contribuyentes locales, y para el depósito de los importes retenidos y/o percibidos por los Agentes de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto de Sellos. Los pagos podrán efectuarse con la presentación del F-193 “Volante de Pago” en cualquiera de las bocas de cobranza, de las entidades recaudadoras habilitadas por ésta Dirección. Dicho formulario será emitido a través de la página web de la Dirección Provincial de Rentas.

ARTÍCULO 2º: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese a Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de ley. Tomen razón Subdirección, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. Néstor Luis Padilla

Director

17 NOV. S/C.-