BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 10/12/14

Icon_PDF_6DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1390/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 DIC. 2014.-

VISTO:

Las disposiciones del Código Fiscal vigente, la Resolución General Nº 1340/2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante dicha Resolución se establece el Calendario Impositivo que regirá para el ejercicio fiscal 2014, estipulando los plazos, formas y condiciones en que los contribuyentes deben ingresar los tributos administrados por esta Dirección.

Que, el Código Fiscal Ley 5791/13, establece los plazos dentro de los cuales se deben deducir los Recursos administrativos y faculta a la Dirección para efectuar requerimientos y fijar los plazos para el cumplimiento de los mismos.

Que, debido a las medidas de fuerza acaecidas los días 01, 02 y 03 de Diciembre de 2014 que son de público conocimiento, y que alteran el normal funcionamiento del organismo resulta necesario, a fin de garantizar el ejercicio del derecho de defensa de los contribuyentes y/o responsables, considerar como inhábil a los efectos administrativos el día 03 de Diciembre de 2014, al solo efecto del cómputo de los plazos dentro de los cuales se debía presentar y cumplir con los requerimientos efectuados, y/o deducir los recursos pertinentes.

Que, en uso de las facultades acordadas por el Artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/13.

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Declarar inhábil a los efectos administrativos el día 03 de Diciembre de 2014 por los motivos expuestos en el exordio de la presente.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales, Municipios y Comisiones Municipales de la Provincia. Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. Néstor Luis Padilla

Director

10 DIC. S/C.-