BOLETÍN OFICIAL Nº 1 – 05/01/15

Icon_PDF_6DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

RESOLUCION GENERAL Nº 1394.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DIC. 2014.-

VISTO:

La Resolución General Nº 1340/2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución General Nº 1340/2013 se establece el Calendario Impositivo que regirá para el ejercicio fiscal 2014, y en el Artículo 8 se estipulan los plazos, formas y condiciones en que los contribuyentes deben ingresar los Anticipos y/o Cuotas correspondientes al Impuesto Automotor.

Que, debido a las medidas de fuerza que son de público conocimiento y que dificultaron la actividad de las oficinas de recaudación de los diferentes municipios, resulta necesario ampliar las fechas de vencimiento establecidas para el sexto anticipo de dicho Impuesto de los pequeños contribuyentes, el octavo anticipo de los medianos contribuyentes, y del anticipo once de grandes contribuyentes, al sólo efecto de considerar en término los pagos efectuados.

Que, en uso de las facultades acordadas por el Artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/13 y modificatorias.

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Considerar en término los vencimientos correspondientes al pago del sexto anticipo del Impuesto Automotor de los pequeños contribuyentes, el octavo anticipo de los medianos contribuyentes, y del anticipo once de grandes contribuyentes, que se abonen hasta el día 16 de Enero de 2015.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda, Secretaria del Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas. Contaduría General. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales, Municipios y Comisiones Municipales de la Provincia.  Cumplido, archívese.-

 

C.P.N. Néstor Luis Padilla

Director

 

05 ENE. S/C.-