BOLETÍN OFICIAL Nº 2 – 07/01/15

Icon_PDF_6GOBIERNO DE JUJUY

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

DIRECCION PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESOLUCION Nº 391/2014-DPCA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 NOV. 2014.-

VISTO:

La Solicitud de Factibilidad Ambiental presentada por la Sra. LAMAS ADELA, para el proyecto de “Fábrica de Ropa y Afines” a instalarse en el Parque Industrial Perico, que se tramita por Expediente Administrativo N° 0255-348-H-2014.

La Ley Provincial Nº 5063 “General de Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera, de las Aguas y del Suelo, Nº 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones”, Nº 9067/07 y Resolución Nº 212/2007-S.M.A y R.N., y;

CONSIDERANDO:

Que, la Sra. Lamas Adela presento la Solicitud de Factibilidad Ambiental para el proyecto de “Fábrica de Ropa y Afines” a instalarse en el Parque Industrial Perico de la Localidad de Perico Dpto. El Carmen.

Que, se presentó una memoria descriptiva del proyecto, mencionando los trabajos que se desarrollaran confecciones de prenda de vestir para hombres y mujeres de todas las edades, indicando equipamiento y superficie a ocupar.

Que el Decreto 9067/07 faculta en su artículo segundo, apartado “B” a esta autoridad de aplicación ambiental provincial a exceptuar del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, procediendo en consecuencia a emitir una declaración de ausencia de impacto ambiental significativo.

Que el Área Técnica de esta Dirección emitió dictamen técnico sugiriendo exceptuar del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, por los motivos ya expuestos.

Que desde la entrada en vigencia del Decreto N° 721-G-2012 que establece la nueva estructura de la Secretaría de  Gestión Ambiental, es esta Dirección Provincial de Calidad Ambiental (DPCA) quien asume las funciones de evaluación de impacto ambiental previstas por las mencionadas normas.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: Declarar la Ausencia de Impacto Ambiental Significativo al proyecto de “Fábrica de Ropa y Afines”, presentada por la Sra. Lamas Adela, por los motivos expuestos en el exordio.

ARTICULO Nº 2: Otorgar la Factibilidad Ambiental al proyecto “Fábrica de Ropa y Afines, por idénticos motivos.

ARTICULO Nº 3: La Dirección Provincial de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental.

ARTICULO Nº 4: Las disposiciones de la presente Resolución no exime a la Sra. Lamas Adela, por la producción de alguna contingencia y/o por la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio que las actividades inherentes a la obra, pudieran ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.

ARTICULO Nº 5: La presente Resolución que contiene el “Dictamen de Factibilidad Ambiental” agota la vía administrativa. La parte Resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art.28 Dec. 5980/06).

ARTICULO Nº 6: Firmado, regístrese por Despacho de esta Dirección. Notifíquese a la Sra. Lamas Adela, al Área técnica de la DPCA y a Asesoría Legal, a sus efectos. Cumplido archívese.-

 

Lic. Ing. Roque R. Centeno

Director Prov. de Calidad Ambiental

 

07 ENE. LIQ. Nº 119943 $35,00.-