BOLETÍN OFICIAL Nº 12 – 30/01/15

Icon_PDF_6GOBIERNO DE JUJUY

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

DIRECCION PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESOLUCION Nº 11/2015-DPCA.-

EXPTE. N° 0255-04-“D”-2015.-           

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 ENE. 2015.-

VISTO:

La Solicitud de Factibilidad Ambiental presentada por Dovis, Oscar Victorio para el proyecto “Dovis Diesel” ubicada en el parque Industrial Perico, que se tramita por Expte. Administrativo Nº 0255-04-“D”/2015.

La Ley Provincial Nº 5063 “General de Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5980/06 “Evaluación de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera, de las Aguas y del Suelo, Nº 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones”, Nº 9067/07 y Resolución Nº 212/2007-S.M.A y R.N., y;

CONSIDERANDO:

Que, Dovis, Oscar Victorio presento la Solicitud de Factibilidad Ambiental para el proyecto “Dovis Diesel” ubicado en el parque Industrial Perico.

Que el proyecto consiste en un Servicio de reparación y mantenimiento de sistemas de inyección y turboalimentadores de motores diesel (Automóviles, Pick-Ups, Camiones y Tractores), reemplazos de filtro de combustible y aire, y de correas de distribución y correas polifuncionales.

Que la implementación del proyecto presentado tiene por objeto satisfacer la demanda de mantenimiento de vehículos del tipo diesel, de uso particular y en especial de vehículos de transporte y otros afectados a explotaciones rurales del Dpto. El Carmen. Asimismo por el prestigio del emprendimiento se busca captar un mercado más grande integrado por otros Dptos. de la Prov. de Jujuy y la Prov. de Salta.

Que el Área Técnica de la Dirección Provincial de Calidad Ambiental emitió dictamen técnico considerando la viabilidad de la obra, conforme a lo expuesto por la normativa mencionada.

Que el Decreto 9067/07 faculta en su artículo segundo, apartado “B” a esta autoridad de aplicación ambiental provincial a exceptuar del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, procediendo en consecuencia a emitir una declaración de ausencia de impacto ambiental significativo.

Que por las características del servicio “Dovis Diesel” resulta compatible ubicarse en dicho parque Industrial con el condicionante de ubicarse en un sector diferenciado y distante del tipo alimenticio

Que igualmente, resulta necesario establecer pautas a cumplir por el Responsable del Proyecto.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: Declarar la Ausencia de Impacto Ambiental Significativo al Proyecto “Dovis Diesel” perteneciente al Sr. Dovis, Oscar Victorio ubicado en el parque Industrial Perico.

ARTICULO Nº 2: Otorgar la Factibilidad Ambiental al proyecto “Dovis Diesel” perteneciente al Sr. Dovis, Oscar Victorio ubicada en Parque Industrial Perico.

ARTICULO Nº 3: El Sr. Dovis, Oscar Victorio deberá realizar la Inscripción en el Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos en Carácter de Generador de Residuos Peligrosos del Proyecto “Dovis Diesel” según lo establecido por el D.R 6002/06. Dicha inscripción deberá realizarse indefectiblemente antes del inicio de la actividad.

ARTICULO Nº 4: La Dirección Provincial de Calidad Ambiental se reserva el derecho de solicitar los monitoreos y/o informes y de realizar las inspecciones que considere necesarias en el ejercicio de su poder de policía ambiental.

ARTICULO Nº 5: Las disposiciones de la presente Resolución no exime al Sr. Dovis, Oscar Victorio por la producción de alguna contingencia y/o por la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio que las actividades inherentes a la obra, pudieran ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.

ARTICULO Nº 6: El incumplimiento de lo establecido por la presente Resolución, dará lugar a que esta Dirección aplique los procedimientos legales correspondientes estipulados en el Decreto Reglamentario de la Ley Provincial Nº 5063.

ARTICULO Nº 7: La presente Resolución que contiene el “Dictamen de Factibilidad Ambiental” agota la vía administrativa. La parte Resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia (art.28 Dec.5980/06).

ARTICULO Nº 8: Firmado, regístrese por Despacho de esta Dirección. Notifíquese al Sr. Dovis, Oscar Victorio a la Intendencia Municipal de Perico, al Área Técnica de la DPCA y a Asesoría Legal de la Secretaria de Gestión Ambiental a sus efectos. Cumplido, archívese.

 

Lic. Ing. Roque R. Centeno

Director Prov. de Calidad Ambiental

30 ENE. LIQ. Nº 120114 $35,00.-