BOLETÍN OFICIAL Nº 19 – 18/02/15
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA
SECRETARIA DE TRABAJO Y RELACIONES LABORALES
RESOLUCIÓN N° 09-STyRL-15.-
VISTO:
El proyecto de manual de procedimiento interno que regula y ordena los trámites sustanciados por ante esta Dirección, y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante acuerdo suscripto entre el Gobierno de la Provincia y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación en fecha 13/03/1992 se delimitan las competencias en materia de prestación de los servicios administrativos en el sector laboral.
Que, mediante dicho acuerdo ratificado mediante Ley Provincial 4620 se confiere a la Provincia el ejercicio de la función de policía del trabajo en todo el territorio, la fiscalización del cumplimiento de las disposiciones relativas a higiene y seguridad del trabajo e intervenir en los conflictos colectivos e individuales del trabajo entre otras (art.2º inc. A, B, G, Y H).
Que, dichas facultades han sido ratificadas por sendos decretos del Poder Ejecutivo Provincial encomendándose a la entonces Dirección Provincial del Trabajo, y actualmente a la Secretaria de Trabajo y Relaciones Laborales las facultades mencionadas: Decretos Nº 4852-G-1993, Nº 269-G-1996, 4514/14, y Nº 4673/2014.
Que, atento a la importancia de la misión encomendada se hace necesario poner en funcionamiento normas que regulen la labor administrativa interna a los efectos de la sustanciación y desarrollo de los trámites iniciados en esta Dirección llámese inspecciones, denuncias u otras diligencias.
Que, como consecuencia de lo expresado se elaboro un manual en gestión administrativa laboral que beneficiara y redundara en beneficio de los administrados llámese trabajadores, empleadores y Organismos del Estado, plasmando los principios básicos de la gestión administrativa: celeridad, informalismo y gratuidad.
Por ello:
EL SECRETARIO DE TRABAJO Y RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Aprobar el manual de gestión administrativo-laboral, que forma parte de la presente resolución, el que regirá todos los tramites iniciados o a iniciarse por ante esta Secretaria, la Dirección Provincial del Trabajo y la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo.
ARTICULO 2º: Publíquese.-
Miguel Ángel Morales
Secretario de Trabajo y Relaciones Laborales
18 FEB. LIQ. Nº 120194 $35,00.-