BOLETÍN OFICIAL Nº 49 – 03/05/17

RESOLUCIÓN Nº 100-DPGDFH/2017.-

EXPTE. Nº 739-298/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 ABR.2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo Categoría 13 (c-4) de ENFERMERA/O PROFESIONAL -Agrupamiento Técnico para el HOSPITAL “NSTRO. SEÑOR DE LA BUENA ESPERANZA” de la Localidad de La Esperanza, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICION; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 1 obra solicitud formal de la Directora de nosocomio y el visto bueno del Señor Director Provincial de Hospitales a fojas 11;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano acredita la disponibilidad a fojas 12 y 13 de los cargos a cubrir;

Que, a los fines de la cobertura de los cargos de Técnicos y Auxiliares que rigen las disposiciones establecidas por Resolución Nº 000618-S-2016;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Llamar a CONCURSO ORDINARIO DE ANTECEDENTES y OPOSICION – CLASE CERRADO de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 000618-5-2016, para la cobertura del siguiente cargo: AREA PROGRAMATICA N° VIII HOSPITAL “NSTRO. SR. DE LA ESPERANZA” LA ESPERANZA UNO (1) CARGO DE ENFERMERO/A PROFESIONAL CATEGORIA 13 (c-4) AGRUPAMIENTO TÉCNICO PARA CUMPLIR FUNCIONES EN EL HOSPITAL y EN LOS PUESTOS DE SALUD.-

ARTICULO 2° Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.- Fotocopia del Título de Enfermero Profesional expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora. (Autenticado por Escribano Publico).

2.-Fotocopia del Título Analítico. (Autenticado por Escribano Publico.)

3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula o Registro Habilitante emitida por el Ministerio de Salud.

4.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).-

5.-Planilla Prontuarial, original o fotocopia. (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).

6.-Certificado de Residencia, original, expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).

7.-Constancia de CUIL.-

8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo, expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez hasta se s (6) meses desde la fecha de expedición).

9.-Certificado de Trabajo (Anexo V) confeccionada por el Sector de Personal del HOSPITAL “NSTRO. SR DE LA BUENA ESPERANZA”.-

10.-Evaluación Conceptual de Desempeño Individual Cada Certificado de Servicio deberá ir acompañado por la Evaluación conceptual).-

11.-Curriculum Vitae Nominal, actualizado, con los antecedentes laborales y de formación en fotocopias debidamente certificadas por esta Dirección Provincial.-

ARTICULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 28 de Abril de 2017

-CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 12 de Mayo de 2017.

– 15 de MAYO de 2017: Exhibición de la lista de postulante inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.-

-A partir del 16 de MAYO de 2017: A horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y desarrollo Factor Humano: reunión del Tribunal; análisis y puntuación del antecedentes; evaluación técnica, entrevista, confección de listado del orden de mérito por antecedentes y de postulantes excluidos.

-El Tribunal Evaluador determinará la fecha de la Evaluación Técnica y Entrevista.

ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados en el HOSPITAL “NSTRO. SR. DE LA BUENA ESPERANZA” en el HORARIO DE 8,00 a 13,00.-

ARTICULO 5º.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal ó por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.‑

ARTICULÓ 6º.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden e los requisitos establecido en el artículo 1º de presente Resolución.-

Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.‑

Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

ARTICULO 7°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.‑

ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.‑

ARTICULO 9°.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva.-

ARTÍCULO 10º.-No podrán participar del presente concurso:

  1. Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.

ARTÍCULO 11°.-El Tribunal está constituido de la siguiente forma:

1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: LIC. YOLANDA ARMELLA SUPLENTE: LIC. LIDIA RODRIGUEZ

EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “NSTRO. SR. DE LA BUENA ESPERANZA”: TITULAR: LIC. MARTA ISABEL BATALLANOS SUPLENTE: DRA. MARIA EVANGELINA VECHETTI 2.-EN REPRESENTACIÓN DEL DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE ENFERMERÍA: TITULAR: LIC. SUSANA SUELDO SUPLENTE: LIC. MARINA CONDORI.-

ARTÍCULO 12°.-La representación de los veedores de ATSA, UPCN y ATE se consignará a partir de la presentación de la nota emitida por la autoridad del Gremio donde autoriza a participar del mencionado concurso.-

ARTÍCULO 13º.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 6 en la presente Resolución.-

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.‑

3.-Evaluación Técnica.‑

4.-Entrevista Personal.‑

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación de Examen de Aptitud Psicofísico.‑

Todo ello, de conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamento de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 000618-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.‑

ARTÍCULO 14°.-Los ganadores del concurso, deberán desempeñar funciones:* En el AREA PROGRAMATICA Nº VIII-HOSPITAL “NSTRO. SR. DE LA BUENA ESPERANZA” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.* Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.

* Asignadas por el jefe superior inmediato y según reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.-

ARTÍCULO 15°.-Los postulantes se darán por notificados de tol proceso de la convocatoria, con la simple publicación de las Actas lugar designado por la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo Factor Humano y en el Hospital “NSTRO. SR. DE LA BUENA ESPERANZA”.-

ARTÍCULO 16°.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a las Secretarias de Coordinación de Atención de la Salud, Planificación y Políticas Sanitarias, Soporte del Sistema de Salud, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS, Hospital “NSTRO. SR. DE LA BUENA ESPERANZA”, a las Lic. Armella del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana” y Rodriguez del Hospital “Dn Pablo Soria” y a los Gremios de ATSA, ATE y UPC            cumplido, archívese.-

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano