BOLETÍN OFICIAL Nº 20 – 20/02/15

GIcon_PDF_6OBIERNO DE JUJUY

SECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL

DIRECCION PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESOLUCIÓN Nº 234/2014-DPCA.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 AGO. 2014.-

VISTO:

El Expediente 0646-543-2008, Expte. Nº 0255-PA-36-H-2012 caratulado “Informe de Actualización de Impactos Ambientales Planta Puesto Viejo Holcim (Argentina) S.A”, la Ley Provincial Nº 5063 “General de Medio Ambiente” y sus Decretos Reglamentarios Nº 5606 “De infracciones y Sanciones”, Nº 5980/06 “Evoluciones de Impacto Ambiental y Normas Técnicas de Calidad Ambiental para la Protección de la Atmósfera de las Aguas y del Suelo”, Nº 6002/06 de “Residuos Peligrosos”, la Ley Provincial Nº 5011 de adhesión a la Ley Nacional Nº 24051 de Residuos Peligrosos, y el Decreto Reglamentario Nº 831/93, La Ley Nacional Nº 25612 de Gestión Integral de Residuos Industriales y de Actividades de Servicios, la Ley 25675 “General del Medio Ambiente, la Resolución Nº 184/2010-DPPAyRN, la Resolución Nº 164/2012-DPCA, y;

CONSIDERANDO:

Que la razón social HOLCIM (Argentina) S.A. sita en ruta Provincial Nº 53 S/N de la Localidad de Puesto Viejo Departamento El Carmen Provincia de Jujuy, ha solicitado la renovación del Certificado de Aptitud Ambiental otorgado mediante Resolución Nº 164/2012-DPCA, y que a tal efecto ha presentado un Informe de Actualización de Impactos Ambientales que contiene grado de cumplimiento de plan de gestión ambiental presentado en el EsIA anterior, modificaciones realizadas a las instalaciones, plan de gestión ambiental actualizado y un programa de monitoreo actualizado, de conformidad a lo solicitado y a las disposiciones del artículo Nº 32 de D.R. Nº 5980/06 modificado por el D.R 9067/07.

Que, se realizó una inspección a la firma Holcim (Argentina) S.A., verificando el grado de cumplimiento de las medidas de mitigación aprobadas en el ESA del año 2012, y modificaciones realizadas a las instalaciones y que el resultado fue satisfactorio.

Que en el cumplimiento de la normativa vigente corresponde que se renueve la Factibilidad Ambiental solicitada y certificado mencionado de conformidad a la Resolución Aclaratoria Nº 212-2007 SMAyRN, que establece los montos de las tasas retributivas mencionadas en el Decreto Nº 5980/06.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CALIDAD AMBIENTAL

RESUELVE:

ARTICULO Nº 1: Renovar el Certificado de Aptitud Ambiental Nº 0034, que como anexo único forma parte integrante de la presente resolución, a la Fábrica de Cemento de la firma Holcim (Argentina) S.A., ubicada en Ruta Provincial No 53 S/N de la Localidad de Puesto Viejo Dpto. El Carmen, el que tendrá vigencia por el término de dos (2) años, a partir del vencimiento anterior del C.A.A., sujeto a las condiciones establecidas mediante la presente Resolución.

ARTICULO Nº 2: La Fábrica de Cementos de la razón social Holcim (Argentina) S.A., deberá presentar a esta Dirección los informes de los resultados de los monitoreos y controles realizados por la empresa de acuerdo al siguiente detalle: a) AIRE: frecuencia semestral; i) inmisión en alrededores de la planta: contaminantes básicos (CO, NOx, S02) y material particulado (con determinación de fracción respirable) en sitios: B° Minetti, Localidad de Puesto Viejo, Cuatro vientos en límites de la planta, zona de trituración, zona carga de material, zona de tránsito en caminos, perforación; ii) Emisiones gaseosas de todas las fuentes: contaminantes básicos (CO, NOx, S02) y material particulado en sitios: Chimenea filtro de mangas principal horno clinker, chimenea electrofiltro y filtro de manga de cemento.-b) AGUAS: frecuencia semestral; i) Calidad de agua subterránea (DBO, DQO, fisicoquímico completo, bacteriológico, metales pesados y otros) en pozos de muestreo y pozos romanos; ii) Calidad de agua superficial: Efluente cloacal de planta (DBO, DQO, fisicoquímico completo, bacteriológico huevos helmintos, metales pesados) en zona de efluente cloacal de la planta.-c) METALES PESADOS EN VEGETACIÓN: frecuencia semestral; i) Calidad de follaje, Metales pesados en zonas B° Minetti y Localidad de Puesto Viejo.-d) SUELOS: frecuencia anual; i) Análisis completo de suelos en zonas pileta de barros, descarga efluente cloacal, localidad de Puesto Viejo, Acopio Clinker, almacenes de aceite y gasoil, B° Minetti. Los resultados de estos monitoreos deberán ser informados a esta Dirección con copia de los protocolos del laboratorio correspondiente. Asimismo deberá indicar coordenadas geográficas de cada punto muestreados.

ARTICULO Nº 3: Las disposiciones de la presente Resolución no exime a la razón social Holcim (Argentina) S.A., de la responsabilidad administrativa, penal, civil por cualquier daño o perjuicio, o la producción de alguna contingencia que las actividades que realiza la misma, pudiera ocasionar al medio ambiente y/o a la vida, salud e integridad física de la población en general.

ARTICULO Nº 4: El incumplimiento de lo establecido por la presente Resolución, dará lugar a que  esta  Dirección  aplique  los  procedimientos  legales  establecidos  en  el  Decreto Reglamentario NO 5606/02 “De las Infracciones y Sanciones” de la Ley Provincial Nº 5063.

ARTICULO Nº 5: Fíjese como tasa retributiva por el servicio de evaluación de impacto ambiental, el monto equivalente a 300 (TRESCIENTOS) LITROS DE NAFTA ESPECIAL SIN PLOMO de conformidad a lo dispuesto por la Resolución Nº 212/07-SMAyRN. Dicha suma será abonada en tesorería de esta Dirección e ingresada como partida diferenciada a la Cuenta Corriente Nº 3200-0940979165-2, denominada Dirección Provincial de Calidad Ambiental, cargo Banco Macro San Salvador de Jujuy, antes de la finalización del día hábil siguiente al de su percepción.

ARTICULO Nº 6: La presente Resolución que contiene la renovación de la Factibilidad Ambiental agota la vía administrativa. La parte resolutiva de la misma deberá ser publicada a cargo del proponente, por una (1) vez en el Boletín Oficial de la Provincia.

ARTICULO Nº 7: Firmado, regístrese por Secretaria de esta Dirección. Notifíquese a la firma Holcim (Argentina) S.A., al Área Técnica de la DPCA, a Asesoría Legal y a la Coordinación Administrativa Contable de la Secretaria de Gestión Ambiental a sus efectos. Cumplido archívese.

 

Lic. Ing. Roque R. Centeno

Director Prov. de Calidad Ambiental

20 FEB. LIQ. Nº 120101 $50,00.-