BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 13/03/15

Icon_PDF_6GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACION Y SERVICIOS PÚBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU)

RESOLUCION Nº 041-SUSEPU.-

EXPTE Nº 0630-0088/2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 MAR. 2015.-

Visto:

El Artículo 29°-Anexo II del Contrato de Concesión de EJE S.A.; y

CONSIDERANDO:

Que, el mencionado Artículo establece: “El Régimen Tarifario y Cuadro Tarifario será revisado por primera vez a los CINCO (5) años del inicio de la Concesión, y a partir de esa fecha, cada CINCO (5) años. A ese fin, con SEIS (6) meses de antelación a la finalización de cada período de CINCO (5) años, LA DISTRIBUIDORA presentará para su aprobación a la SUSEPU la propuesta de un nuevo Régimen Tarifario y Cuadro Tarifario. La propuesta que se efectúe deberá respetar los principios tarifarios básicos establecidos en las leyes provinciales Nº 4.888, Nº 4.904, sus modificatorias, y subsidiariamente en la ley nacional Nº 24.065 y su reglamentación, así como los lineamientos y parámetros que especifique la SUSEPU…”.

Que, el quinquenio que nos ocupa se cumple el 30 de Noviembre de 2016, por lo que corresponde una nueva revisión del Régimen Tarifario y Cuadro Tarifario.

Que, por lo antes expresado el Dpto. Control de Tarifas ha elaborado la metodología para la realización de la Campaña de Medición a llevarse a cabo por un período de doce meses, durante los años 2015-2016, la que cuenta con el acuerdo de la Gerencia de Servicios Energéticos.

Que, el Directorio comparte el contenido de los términos aludidos en el considerando anterior.

Por todo lo expuesto y en el ejercicio de sus funciones:

El DIRECTORIO DE LA SUSEPU.

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar la Metodología para la Campaña de Medición que deberá llevar a cabo EJE S.A., por un período de doce (12) meses, durante los años 2015-2016, y que como Anexo I forma parte de la presente disposición.

ARTÍCULO 2º- Instruir a EJE S.A., para que en un plazo no mayor a treinta (30) días contados a partir de la notificación de esta resolución, proceda a dar inicio a la Campaña de Medición, en los términos que se establecen en el Articulo 1º.

ARTICULO 3º.- Publicar en Boletín Oficial. Notificar a EJE S.A. Remitir copia a conocimiento del Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos. Dar a la Gerencia de Servicios Energéticos y al Dpto. Legal. Cumplido archivar.-

 

Ing. Héctor Rodriguez Francile

Presidente Su.Se.Pu.

13 MAR. LIQ. Nº 120379 $35,00.-