BOLETÍN OFICIAL Nº 32 – 20/03/15

Icon_PDF_6RESOLUCIÓN Nº 334-VOT/14.-

EXPTE. Nº 0516-939/2014.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 NOV. 2014.-

EL MINISTRO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Disponer la aprobación del presente trámite administrativo correspondiente al inmueble individualizado como Circunscripción 5 Sección 2, Parcela 1148, Padrón A-94854, Matrícula A-71984, por medio del procedimiento de Mensura de Fracción y División. La presente medida excepcional se realiza en virtud de que los lotes resultantes del fraccionamiento serán destinados como mínimo en un tercio de los mismos a la ejecución del Plan Nacional PRO.CRE.AR, resultando facultada para la suscripción del trámite la Dirección Provincial de Inmuebles.

ARTICULO 2º.-Se deja expresamente establecido que el fraccionador, deberá acreditar el destino por lo menos el tercio (1/3) de los lotes resultantes del fraccionamiento a favor de los beneficiarios de las diferentes líneas de créditos PRO.CRE.AR., en las formas y condiciones dispuestas por medio de reglamentaciones de la autoridad de aplicación de la presente. La Dirección Provincial de Inmuebles asume el compromiso de culminar los trámites relacionados con la apertura de la totalidad de matrículas resultantes del fraccionamiento, en el término de treinta días (30) de registrado el plano respectivo.-

 

Ing. Luis Horacio Cosentini

Ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial