BOLETIN OFICIAL Nº 44 – 13/04/2026

RESOLUCION Nº 453-ISPTyV/2026.-

EXPTE. Nº 200-17/2023.-

Agregados Nº 615-3332/2022, 615-841/2022, 615-2168/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 ABR. 2026.-

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PUBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Recházase por inoficiosa la presentación efectuada en fecha 07 de diciembre del 2023 por el Dr. HUGO PONCE en su carácter de apoderado de los Sres. Dora Lourdes Alfaro, Manuel Osvaldo Cruz, Jesabel Tatiana Burgos, Darío Alejandro Valdivia, Rene Simeón Valle, Patricia Noemí Suarez, Marcelo Rene Solis, Rubén Alejandro Morales, Ángel Simón Valle, Ester Vilma Caliba, Patricia del Valle Quispe, Graciela María del Valle Portillo, Hugo Rafael Aguirre, María Leandra Olmedo, Mónica Alejandra Valdez, Bernabé Nicasio Cayo, Gustavo Cayo, Luis Domingo Ledesma, Josefina Noemí Saucedo, Lucia Sonia Ferreyra, Rafael Fernando Segundo, Laura Eugenia Subieta, José Basualdo, Claudia Patricia Martínez, Rolando Oscar Gerónimo, Miguel Ángel Churquina, Sergio Daniel Puma, Gabriela Rosario González, Ramón Ceferino Rodríguez, Marta Helena Martiñuk, Emilia Verónica Veliz Constantino, Paulina Chosco, Fabiola Carina Vera, María Isabel Espinoza, Érica Tatiana Gutiérrez, José Virgilio Espinosa, Federico Orlando Domínguez, Lucia del Carmen Lera y Rolando Humberto Ruiz, en contra de la Resolución N° 3107-IVUJ-2022 de fecha 07 de diciembre del 2022 y Resolución N° 2027-IVUJ de fecha 14 de diciembre de 2021, por carecer de entidad jurídica para reabrir plazos o instancias administrativas válidamente concluidas, conforme a las razones expuestas en el exordio.

ARTICULO 2°.- Tener por cumplido el deber de pronunciamiento de la Administración Pública conforme lo requerido judicialmente. Déjese establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica rehabilitar instancias o plazos vencidos, sino al solo efecto de dar respuesta al planteo efectuado y en cumplimiento a la obligación de expedirse que impone el Artículo 33º de la Constitución Provincial.

ARTICULO 3º.- Regístrese. Notifíquese al interesado. Publíquese en el Boletín Oficial. Siga al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.-

Ing. Carlos Gerardo Stanic

Ministro de Infraestructura, Serv. Públicos, Tierra y Vivienda