BOLETIN OFICIAL Nº 36 – 25/03/2026
RESOLUCION Nº 060-MAyCC/2026.-
EXPTE. Nº 1100-023/2026.-
San Salvador de Jujuy,
VISTO:
Las actuaciones llevadas adelante en el expediente de la referencia, Leyes Nacionales Nros. 24.295, 25.438, 27.270 y 27.520 de “Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global”; el Decreto Nacional 1030/2020; y las Leyes Provinciales Nro. 5.063 “General de Medio Ambiente” y Nro. 6.230 “Ley Marco Provincial de Cambio Climático”, el Decreto N° 1169-A/2016 que institucionaliza la “Iniciativa Jujuy Verde: Carbono Neutral 2050” y la Resolución Nº 034-MAyCC/2023,
CONSIDERANDO:
Que, obra en autos nota de la Directora Provincial de Cambio Climático por la que solicita que se proceda a iniciar las presentes actuaciones.
Que, se agrega Acta de la Mesa de Articulación Provincial Nº 1/2024 Gabinete Nacional de la Ley Nº 27.520, por reunión mantenida en fecha 5 de Noviembre de 2024 de acuerdo a lo establecido en la Ley 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación y su Decreto Reglamentario Nº 1030/2020;
Que, el objetivo de la reunión en lo pertinente, fue la presentación de parte de la Provincia de Jujuy del borrador de Plan de Respuesta al resto de las Jurisdicciones y a las autoridades del Gabinete Nacional;
Que, desde la Coordinación Técnica Administrativa se informó que no se recibieron comentarios u objeciones vinculantes por escrito previas ni tampoco durante la reunión, en virtud de ello se da por finalizado el proceso de pre-convalidación para los borradores presentados entre los que se encuentra el presentado por la Provincia de Jujuy;
Que, se encuentra agregado el Borrador del Plan de Respuesta Provincial el cual se encuentra en formato digital del que se extrae el Marco Conceptual y Metodológico, Marco Normativo, Antecedentes, aspectos referentes a la Gobernanza
Climática y Participación Ciudadana, aspectos referentes a la Mitigación y Adaptación, documento que cuenta con un gran desarrollo de sus contenidos;
Que, la Ley Nacional N°27.520 en el artículo 20 dispone que los planes de respuesta al cambio climático son desarrollados a través de un proceso participativo e incluyen, sobre la jurisdicción respectiva una serie de información que debe incluirse a esos efectos
Que, la Ley Provincial N°6230 cuyo objeto consiste en establecer directrices para la política pública provincial de cambio climático y la respuesta en materia de mitigación y adaptación, en concordancia con Tratados Internacionales, ratificados por la República Argentina y normativa ambiental vigente, en el artículo 11 dispone que la Autoridad de Aplicación deberá diseñar, elaborar, implementar, coordinar y monitorear los Planes de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al cambio climático, que constituyen los instrumentos primordiales de la acción climática y que dichos planes deben ser validados por el Gabinete Interministerial, y deberán incluir en sus diferentes fases, mecanismos de participación pública, conforme lo establezca la reglamentación de la presente Ley. Asimismo, corresponde al Consejo Asesor la elevación de propuestas, consideraciones, evaluaciones técnicas y observaciones;
Que, mediante Resolución Nº 034-MAyCC/2023, este se reglamentó la Ley Provincial N°6230, y dispone que entre las facultades que le incumbe al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático se encuentra la de diseñar, elaborar, implementar, coordinar y monitorear el Plan Provincial de Respuesta al cambio climático, con sus dos principales componentes: el Plan Provincial de Mitigación y el Plan Provincial de Adaptación;
Que, mediante el artículo 7 de la Resolución Nº 034-MAyCC/2023, también se dispone que el Gabinete Interministerial creado mediante la Ley N° 6230, deberá validar el Plan de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, luego de que el mismo haya sido revisado por el Consejo Asesor;
Que, la citada Resolución también dispone que el Plan de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático es el conjunto de estrategias, medidas, políticas e instrumentos desarrollados en las distintas áreas que conforman el territorio provincial, a los fines de: *Reducir las emisiones de GEI y/o potenciar, mantener, crear y mejorar sumideros de carbono; *Prevenir, atenuar o minimizarla vulnerabilidad de las poblaciones, los ecosistemas y el sistema productivo frente a los daños o impactos asociados al Cambio Climático; *Explorar y aprovechar las nuevas oportunidades de los eventos climáticos y dispone además que el Plan debe incluir una serie de contenidos además de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nacional N°27.520;
Que, tanto el Consejo Asesor, como el Gabinete Interministerial convalidaron el documento denominado Plan de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático de la Provincia de Jujuy;
Que, en fecha 02 de febrero de 2026 la Empresa HOLCIM (Argentina) S.A. solicita que se excluya expresamente la medida M30 del Plan de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático (PRPMyACC), en atención a que la actividad desarrollada por la empresa que se encuentra sujeta a un régimen específico de regulación, carácter global, que contempla obligaciones equivalentes y/o superiores; a fs. 01
Que, la Directora Provincial de Cambio Climático toma intervención y expresa la necesidad de iniciar los trámites correspondientes para retirar la medida y sacarla de las publicaciones oficiales y de la página web del Ministerio, entendiendo que al tratarse de una meta global, el impacto local no es significativo, a fs. 03
Que, se agrega Resolución Nº 245-MAyCC/2024 de fecha 20 de diciembre de 2024 por el cual se aprueba el Plan de Respuesta Provincial al Cambio Climático que se encuentra agregado como Anexo I; a fs05/07
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos en intervención de competencia luego de un análisis pormenorizado expresa “…Tras el análisis de las constancias en autos, se recomienda solicitar a la UDO alcanzada por las presentes actuaciones y/o a la Sra. Julieta Álvarez, acreditar la representación invocada de conformidad a lo dispuesto por la Ley 1886, adjuntando la documentación correspondiente. Cumplido lo que antecede y atendiendo a la petición formulada en nombre de HOLCIM S.A., sobre su exclusión de la medida M30 del Plan de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, en tanto se trata de metas asumidas por el GRUPO HOLCIM a nivel global, contando la Planta de Holcim de Puesto Viejo con compromisos distintos, y considerando lo manifestado por la titular Dirección Provincial de Cambio Climático, que al tratarse de meta global, el impacto local es significativo, se sugiere, en tanto es la emitir un acto administrativo modificatorio correspondiente (Resolución) del acto administrativo que aprobó el Plan, por las razones ut supra mencionadas, dándose a conocer dicha exclusión por los mismos medios en que se publicó el acto que se modifica”, a fs. 08
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR la exclusión de la medida M30 del Plan de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático de la Provincia de Jujuy, que es parte integra de la Resolucion Nº 245-MAyCC/2024 emitida en fecha 20 de diciembre de 2024, todo ello por las razones expresadas en el exordio de la presente.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese a la Dirección Provincial de Cambio Climático para que por su intermedio se continúe con el proceso de Convalidación del Plan de Respuesta Provincial de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático de la Provincia de Jujuy vigente ante las autoridades pertinentes, y proceda a solicitar las correcciones publicitarias que estime corresponder a los fines de dar cumplimiento a lo autorizado en el articulo que antecede.-
ARTICULO 3º.- Firmado regístrese. remítase al Boletín Oficial para su publicación -en forma íntegra- Cumplido, archívese. Cumplido, vuelva al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, archívese.-
Ing. Leandro Néstor Álvarez
Ministro de Ambiente y Cambio Climático








