BOLETIN Nº 27

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RESOLUCION Nº 060- S.O.TyH/2026.-

EXPTE. Nº 617-792/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 FEB. 2026.-

VISTO:

El Expediente Nº 617-792-2025, iniciado por la Municipalidad de Tilcara, mediante el cual solicita la cesión en comodato de un inmueble de dominio del Estado Provincial identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección 4, Parcela 904, Padrón 1-5468, ubicado en el Barrio Villa Las Rosas de la localidad de Tilcara, Departamento Tilcara, Provincia de Jujuy; y

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Nota de Ingreso Nº 5997/2025, la Municipalidad de Tilcara, peticiona la cesión en comodato del inmueble de referencia, con destino a la construcción y funcionamiento de oficinas correspondientes a las áreas municipales de Medio Ambiente y Zoonosis;

Que, obra agregado a las actuaciones el Informe Técnico CGO N.º 435/2025 del cual surge la correcta individualización geográfica, catastral y dominial del inmueble, constatándose que el mismo es de propiedad del Estado Provincial

Que el inmueble reviste el carácter de bien fiscal conforme lo dispuesto por el artículo 236 del Código Civil y Comercial de la Nación;

Que, la Ley Provincial Nº 3169/74-Régimen de Tierras Fiscales- prevé en su artículo 11 diversas modalidades de adjudicación de tierras fiscales, incluyendo otros regímenes admitidos por la normativa vigente, dentro de los cuales se encuentra la figura del comodato, especialmente cuando el destino es de interés público,

Que, el artículo 87 de la citada ley faculta al Poder Ejecutivo a ceder gratuitamente fracciones fiscales a entidades públicas para la ejecución de obras o programas de interés público, supuesto en el cual se encuadra la solicitud efectuada por la Municipalidad de Tilcara;

Que, el destino propuesto funcionamiento de las áreas de Medio Ambiente y Zoonosis se vincula directamente con políticas públicas de protección ambiental, sanidad animal y salud comunitaria, configurando un claro interés social y comunitario,

Que, la cesión en comodato por un plazo determinado no implica transferencia de dominio, permite establecer condiciones, cargas y mecanismos de control, y asegura la reversión del inmueble al patrimonio provincial ante el incumplimiento del destino asignado o el vencimiento del plazo otorgado;

Que, del análisis integral de las actuaciones no se advierten impedimentos técnicos, dominiales ni legales que obsten al otorgamiento de la cesión solicitada;

Que corresponde, en consecuencia, dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente,

EL SECRETARIO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y HABITAT

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Autorizar la cesión en comodato, por el plazo de diez (10) años, a favor de la Municipalidad de Tilcara, del inmueble de propiedad del Estado Provincial identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección 4, Parcela 904, Padrón 1-5468, ubicado en el Barrio Villa Las Rosas de la localidad de Tilcara, Departamento Tilcara, Provincia de Jujuy.-

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el inmueble deberá ser destinado exclusivamente al funcionamiento de oficinas correspondientes a las áreas municipales de Medio Ambiente y Zoonosis, quedando expresamente prohibido asignarle un destino distinto sin autorización previa y expresa de la autoridad provincial competente.-

ARTÍCULO 3º.- Disponer que la cesión en comodato no confiere derecho real alguno sobre el inmueble, manteniéndose el dominio pleno en cabeza del Estado Provincial, y que la Municipalidad de Tilcara no podrá transferir, ceder, subcomodatizar ni gravar el bien bajo ninguna forma.-

ARTÍCULO 4°.- Establecer que el incumplimiento del destino asignado, de las condiciones impuestas o de la normativa vigente dará lugar a la revocación automática del comodato, debiendo la Municipalidad de Tilcara restituir el inmueble al Estado Provincial, libre de ocupantes y en adecuado estado de conservación, sin derecho a indemnización alguna.-

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la institución beneficiaria, por Coordinación de Despacho General, confeccione el Contrato de Convenio de Comodato.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, pase a Coordinación de Despacho General, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 5° del presente, asimismo remita copias certificadas Boletín Oficial para su publicación en forma integra-. Cumplido, Archívese.-

 

Arq. Eduardo Raúl Cazon

Secretario de Ordenamiento Territorial y Hábitat