BOLETIN OFICIAL Nº 17 – 09/02/2026
RESOLUCION GENERAL Nº 1748-DPR/2026.-
San Salvador de Jujuy, 4 de febrero de 2.026.-
VISTO:
La Resolución General Nº 1733/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución General Nº 1733/2025 reglamentó el Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos extendiendo el mismo a contribuyentes locales comprendidos en las categorías D a K del Monotributo o Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), conforme lo establecido en la normativa nacional vigente, lo cual permite una mejor armonización con el sistema nacional y facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los pequeños contribuyentes.
Que, resulta necesario complementar dicha normativa con el objeto de evitar asimetrías respecto de determinadas actividades desarrolladas por los contribuyentes, estableciendo la opción de exclusión voluntaria del mencionado régimen, siempre que cumplan con los requisitos y condiciones que se reglamentan en la presente.
Que, Depto. Técnico ha tomado la intervención de competencia, conforme lo establecido por el Decreto Nº 1457-H-2008.
Que, por ello, en uso de las facultades previstas por el artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5791/2013 T.O. 2.022 y modificatorias;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º: Los contribuyentes incluidos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos podrán optar por la exclusión del citado régimen en la medida que cumplan los siguientes requisitos:
- La solicitud de exclusión solo podrá realizarse a través del servicio disponible en el sitio web del organismo rentasjujuy.gob.ar, accediendo con clave fiscal al servicio: Régimen Simplificado (SUT) – Exclusión.
- Podrán solicitar la exclusión del régimen, los contribuyentes que únicamente desarrollen actividades taxativamente previstas en el Anexo I. Si desarrolla al menos una actividad no incluida en dichas previsiones no podrá ejercer la presente opción. En todos los casos las actividades declaradas en esta Dirección deberán ser idénticas a las declaradas en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
- Tener regularizada la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Artículo 2º: Las solicitudes de exclusión se deberán realizar hasta los días 15 de cada mes y serán operativas, una vez aprobadas, desde el mes siguiente de tal solicitud, generándose las obligaciones correspondientes en el Régimen General del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Artículo 3º: Una vez ejercida la opción de exclusión del Régimen Simplificado Provincial no se podrá reingresar al mismo por el término de seis (6) meses, contados desde el mes de la solicitud.
En el supuesto de que exista una segunda solicitud de exclusión, no se podrá reingresar al Régimen Simplificado Provincial por el término de treinta y seis (36) meses, contados desde el mes de la solicitud.
Artículo 4º: El saldo a favor no utilizado y exteriorizado en la declaración jurada del Régimen General del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente al último anticipo previo a la inclusión en el Régimen Simplificado Provincial, deberá ser trasladado en la primera declaración jurada correspondiente al mes de reincorporación al citado Régimen General.
Artículo 5º: Apruébese como parte integrante de la presente, los Formularios: F-0259 “Solicitud de Exclusión del Régimen Simplificado Provincial en Trámite – RG 1748/26, F-0260 “Constancia de Exclusión del Régimen Simplificado Provincial – RG 1748/26” y el Anexo I “Detalle de actividades” cuyas actualizaciones serán publicadas en la página web de la Dirección Provincial de Rentas, www.rentasjujuy.gob.ar., para su conocimiento y consulta.
Artículo 6º: La presente norma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7º: Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Ingresos Públicos, y Auditoría General de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Subdirección, Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.
Marcela Beatriz Figueroa
Directora
| CONSTANCIA DE EXCLUSIÓN DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PROVINCIAL – RG 1748/26
|
| F-0260 |
N° de Constancia: …….
La Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Jujuy deja constancia que el contribuyente …………… ………………………………………………………… CUIT N° ………………………………………, ha sido excluido del Régimen Simplificado Provincial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de acuerdo a lo establecido en la Resolución General N° 1748/26.
La presente constancia tiene validez mientras no se modifiquen las circunstancias que dieron origen a su otorgamiento y no significa conformidad de las declaraciones juradas presentadas por el contribuyente, reservándose la Dirección Provincial de Rentas el derecho de verificar y determinar definitivamente la obligación fiscal con más los accesorios que correspondan.
Exclusión a partir del periodo: ………………………..
Fecha de emisión: ………………………….
ANEXO I
Detalle de actividades
| Código de actividad | Descripción |
| 620100 | Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática |
| 620200 | Servicios de consultores en equipo de informática |
| 620300 | Servicios de consultores en tecnología de la información |
| 620900 | Servicios de informática n.c.p. |
| 620901 | Servicios de desarrollo, diseño y/o mantenimiento de plataformas de gestión electrónica, portales digitales y/o aplicaciones móviles |
| 639100 | Agencias de noticias |
| 682099 | Servicios inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata n.c.p. |
| 691001 | Servicios jurídicos |
| 691002 | Servicios notariales |
| 692000 | Servicios de contabilidad, auditoría y asesoría fiscal |
| 702010 | Servicios de gerenciamiento de empresas e instituciones de salud; servicios de auditoría y medicina legal; servicio de asesoramiento farmacéutico |
| 702099 | Servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial n.c.p. |
| 711001 | Servicios relacionados con la construcción. |
| 711002 | Servicios geológicos y de prospección |
| 711003 | Servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones |
| 711009 | Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos de asesoramiento técnico n.c.p. |
| 712000 | Ensayos y análisis técnicos |
| 721010 | Investigación y desarrollo experimental en el campo de la ingeniería y la tecnología |
| 721020 | Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias médicas |
| 721030 | Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias agropecuarias |
| 721090 | Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias exactas y naturales n.c.p. |
| 722010 | Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias sociales |
| 722020 | Investigación y desarrollo experimental en el campo de las ciencias humanas |
| 732000 | Estudio de mercado, realización de encuestas de opinión pública |
| 741000 | Servicios de diseño especializado |
| 742000 | Servicios de fotografía |
| 749001 | Servicios de traducción e interpretación |
| 749009 | Actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p. |
| 750000 | Servicios veterinarios |
| 853201 | Enseñanza universitaria excepto formación de posgrado |
| 853300 | Formación de posgrado |
| 854910 | Enseñanza de idiomas |
| 854920 | Enseñanza de cursos relacionados con informática |
| 854930 | Enseñanza para adultos, excepto discapacitados |
| 854940 | Enseñanza especial y para discapacitados |
| 854950 | Enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas |
| 854960 | Enseñanza artística |
| 855000 | Servicios de apoyo a la educación |
| 862110 | Servicios de consulta médica |
| 862130 | Servicios de atención médica en dispensarios, salitas, vacunatorios y otros locales de atención primaria de la salud. |
| 862200 | Servicios odontológicos |
| 863110 | Servicios de prácticas de diagnóstico en laboratorios |
| 863120 | Servicios de prácticas de diagnóstico por imágenes |
| 863190 | Servicios de prácticas de diagnóstico n.c.p. |
| 863200 | Servicios de tratamiento |
| 869010 | Servicios de rehabilitación física |
| 869090 | Servicios relacionados con la salud humana n.c.p. |









