BOLETIN OFICIAL Nº 10 – 23/01/2026
RESOLUCION Nº 1427-DPRH/2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Septiembre de 2025.-
VISTO: el Expte. Nº 613-582-2025 en el que corre la documentación: “CONVENIO DE COLABORACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS Y LA DIRECCION PROVINCIAL DE VIALIDAD”; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota N° 0966-ME-DPRH/2025 de fecha 08 de abril de 2025, el Presidente de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, Ing. Hugo Ponce, solicitó la posibilidad de celebrar un Convenio con esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, con el fin de que se autorice el uso de canteras ubicadas en distintos tramos de la Ruta Provincial N° 70, con la finalidad de aprovechar áridos para trabajos de mantenimiento de la zona de caminos en cumplimiento con la normativa vigente y respetando los parámetros ambientales y técnicos establecido por este organismo, comprometiéndose a su vez a realizar las actividades conforme los lineamientos que determine esta Dirección, asegurando el uso responsable y sostenible de los recursos involucrados.
Que, a fs. 02 rola informe emitido por la División Áridos, Minas, Pozos y Otros, manifestando que, en el tramo de la Ruta Provincial N° 70 que va desde la Ruta Nacional N° 52 a Ruta Provincial N° 16, existen lugares donde se puede realizar extracción de áridos, aguas arriba o abajo de la Ruta Provincial N° 70, por lo que no habría inconvenientes para que la Dirección Provincial de Vialidad realice extracción de áridos, siempre que se cumpla con las normativas relativas a dicha extracción (longitud, ancho y profundidad de excavación) existentes.
Que, en dicho informe esta División acredita que, en un tramo de la Ruta Provincial N° 70, existen dos (2) lugares de explotación de áridos solicitados oportunamente por la empresa SOLAROZ S.A., los cuales están habilitados para realizar la extracción y explotación de áridos, cuyas canteras se encuentran ubicadas sobre el cauce del Río Olaroz Chico (Progresivas: 23° 23′ 30,34″ S y 66° 45′ 16,33″ O) y otra sobre el cauce del A° S/ Nombre (Progresivas: 23° 16’ 38,20″ S y 66° 40′ 5,05″ O): de acuerdo a croquis adjunto a fs. 3.
Que, a fs. 04/05 rola informe emitido por el Área de Gestión e Ingresos Generales, el cual sugiere la celebración del Convenio de Colaboración entre la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y la Dirección Provincial de Vialidad, a tenor del requerimiento de fs. 1, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 4681 de Explotación de Áridos que expresamente prevé que, la Dirección de Hidráulica de Jujuy, ejercerá el poder de Policía en todos los cauces de los cursos de agua naturales y artificiales (ríos, arroyos, etc.), y embalses, en el territorio Provincial; controlando y delimitando riberas, defensas, encauzamientos, extracción y elaboración de áridos; y las facultades conferidas por los Artículos 4, 10 Inciso j, y concordantes del Decreto 1842-OP-96.
Que, a fs. 8 la División de Asesoría Jurídica emitió dictamen legal de su competencia a tenor de lo expuesto por el Área de Gestión e Ingresos Generales.
Que, a fs. 09/10 obra Convenio de Colaboración Interinstitucional suscrito por ambas partes.
Que, es necesario dictar el Instrumento Legal de regularice esta situación.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1842-OP-96 y 187-ISPTy V/2023.
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébese el CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL suscrito entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS Y LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD, el cual consta de seis (6) cláusulas que forman parte integrante de la presente Resolución, mediante el cual se autorizó al uso de este último organismo, de canteras ubicadas en los márgenes de la Ruta Provincial N° 70, desde la intersección con la Ruta Nacional N°52 hasta la intersección con la Ruta Provincial N°16, entre otras áreas previamente determinadas, para realizar tareas de extracción, aprovechamiento y/o movimiento de áridos con el fin exclusivo de destinar dicho material para trabajos de mantenimiento, reparación, y/o mejora de la Ruta Provincial N° 70, sean estos ejecutados por la Dirección Provincial de Vialidad y/o los terceros que aquella designe a tales efectos. Y por los motivos expuestos en los considerandos.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Tomen conocimiento SIGAC, Áreas y Departamentos de la Repartición. Notifíquese al interesado. Imprimase el trámite pertinente y agréguese copia al expediente. Cumplido, Archívese.-
Ing. Guillermo A. Sadir
Director
21/23/26 ENE.-









