BOLETÍN OFICIAL Nº 47 ANEXO – 26/04/17
RESOLUCIÓN Nº 83 -DPGDFH/2017.-
EXPTE. N º 780-404 /2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 ABR. 2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de UN (1) cargo de LICENCIADA/O EN PSICOLOGÍA del Nomenclador de la Ley Nº 4413 para el Centro de Rehabilitación “DR. VICENTE ARROYASE” de Santo Domingo Departamento El Carmen, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 obra solicitud formal de la Señora Directora Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano;
Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir un cargo categoría A-1 Agrupamiento Profesional Ley 4413.Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley Nº 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución N° 869-S-2016;
Por ello;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO
RESUELVE:
ARTICULO 1º.Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES y OPOSICION – CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución N° 869-S-2016, para la cobertura del siguiente cargo: CENTRO DE REHABILITACIÓN “DR. VICENTE ARROYABE” SANTO DOMINGO-DPTO. EL CARMEN UN (1) CARGO DE PSICÓLOGO O LICENCIADO EN PSICOLOGÍA CON CINCO AÑOS DE ESTUDIOS. CATEGORIA A-1 AGRUPAMIENTO PROFESIONAL – LEY N° 4413.-
ARTICULO 2º.- Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.-Fotocopia certificada por Escribano Público o la Institución formadora del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-
2.-Fotocopia certificada por Escribano Público o la Institución formadora del Certificado Analítico.-
3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula Actualizada 2017 emitida por el COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE JUJUY.-
4.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).-
5.-Planilla Prontuarial fotocopia actualizada (Validez se meses desde la fecha de emisión).-
6.-Certificado de Residencia-original expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-
7.-Constancia de CUIL.
8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez seis (6) desde la fecha de expedición).-
9.-Curriculum Vitae Nominal, actualizado, acompañado fotocopias de los antecedentes laborales debida certificadas por el personal autorizado de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano.-
ARTICULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:
–APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 10 de ABRIL de 2017.-
-CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 24 de ABRIL de 2017.-
–A partir del 25 al 26 de ABRIL de 2017: Exhibición de la lis a de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.-
–A PARTIR DEL 27 de ABRIL de 2017, a horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: Reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes.-
– El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que se informara a los interesados por Acta que será publicada a través de la cartelera de esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y de la página Web del Ministerio de alud de Jujuy -“Llamados a concurso”.-
Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.-
ARTÍCULO 4º.–Los antecedentes deberán ser presentados AREA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO en el HORARIO DE 8.30 a 13.00 y en las fechas previstas.-
ARTÍCULO 5º.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.‑
ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 20 de la presente Resolución.-
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.‑
Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-
ARTICULO 7°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.‑
ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.‑
ARTICULO 9°.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-
Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva. –
ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe” y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-
ARTICULO 11º.-No podrán participar del presente concurso:
Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-
ARTÍCULO 12°.-El Tribunal designado estará constituido por:
1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. JUAN COBO SUPLENTE: Lic. SILVINA KINGARD
2.-EN REPRESENTACIÓN DEL CENTRO DE REHABILITACION “DR. VICENTE ARROYABE”: TITULAR: Lic. EMMA ARIAS SUPLENTE: Lic. NATALIA VILLA 3.-EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE JUJUY: A CONFIRMAR.-
ARTÍCULO 13°.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:
1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la pre ente Resolución.
2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.‑
3.-Evaluación Técnica.‑
4.-Entrevista Personal.‑
5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.‑
De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamente de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-
ARTÍCULO 14°.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:
*En el CENTRO DE REHABILITACIÓN “DR. VICENTE ARROYABE” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.-
*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.-
*Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.-
De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-
ARTÍCULO 15°.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Secretaria de Salud Mental y Adicciones, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS., Centro de Rehabilitación “Dr. Vicente Arroyabe”, Colegio de Psicólogos de Jujuy y al Gremio de APUAP. Cumplido, archívese.
Dra. Elena Meyer
Directora Provincial de Gestión
y Desarrollo del Factor Humano