BOLETÍN OFICIAL Nº 47 ANEXO – 26/04/17

RESOLUCIÓN Nº 78 -DPGDFH/2017.-

EXPTE. N º 716-261 /2015.-

780-174/16; 780-231/2016.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 4 ABR.  2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que se solicita la cobertura de TRES (3) cargos de LICENCIADAS/OS EN PSICOLOGÍA del Nomenclador de la Ley Nº 4413 para el Hospital “SAN ROQUE” de esta ciudad, mediante llamado a CONCURSO DE ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN; y

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 10 del Expediente Nº 780-231/2016 obra solicitud formal del Señor Director de Adicciones dependiente de la Secretaria de Salud Mental y Adicciones y con el visto bueno del Señor Ministro;

Que, la Coordinación de Gestión del Factor Humano informa que se procedió a realizar la carga preventiva en el SIPRAP del llamado a concurso para cubrir tres cargos categoría A-1 Agrupamiento Profesional Ley 4413.-

Que, a los fines de la cobertura de cargos de la Ley No 4413 rigen las disposiciones aprobadas por Resolución N° 869-S-2016;

Por ello;

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Convocar a CONCURSO DE ANTECEDENTES y OPOSICION- CLASE ABIERTO de acuerdo a las disposiciones aprobadas mediante Resolución Nº 869-5-2016, para la cobertura de los siguientes cargos:

ÁREA PROGRAMATICA Nº I HOSPITAL “SAN ROQUE” SAN SALVADOR DE JUJUY TRES (3) CARGOS DE PSICÓLOGOS O LICENCIADOS EN PSICOLOGÍA CON CINCO AÑOS DE ESTUDIOS.CATEGORIA A-1 AGRUPAMIENTO PROFESIONAL – LEY Nº 4413 PARA CUMPLIR FUNCIONES EN EL SERVICIO DE GUARDIA según necesidades en el horario matutino, vespertino o nocturno, CON UNA DISTRIBUCION HORARIA DE:-DOS (2) días de 12 horas – UN (1) día de SEIS (6) HORAS.-

ARTICULO 2º.-Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1.-Fotocopia certificada por Escribano Público o la Institución formadora del Título Habilitante expedido por ente competente debidamente autorizado como Institución Formadora.-

2.-Fotocopia certificada por Escribano Público o la Institución formadora del Certificado Analítico.-

3.-Fotocopia de la Constancia de Matricula Actualizada 2017 emitida por el COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE JUJUY.-

4.-Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (Anverso y reverso).-

5.-Planilla Prontuarial fotocopia actualizada (Validez se meses desde la fecha de emisión).-

6.-Certificado de Residencia-original expedido por la Policía de la Provincia de Jujuy (Validez seis (6) meses desde la fecha de emisión).-

7.-Constancia de CUIL.

8.-Constancia de no poseer Sumario Administrativo expedida por la Dirección Provincial de Personal. (Validez seis (6) desde la fecha de expedición).-

9.-Curriculum Vitae Nominal, actualizado, acompañado fotocopias de los antecedentes laborales debida certificadas por el personal autorizado de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano.

10.-Acreditar ANTECEDENTES LABORALES EN SERVICIOS PUBLICOS DE EMERGENCIA EN SALUD MENTAL DE UN AÑO COMO MÍNIMO.-

ARTICULO 3º.-Aprobar a los efectos de este concurso, el siguiente cronograma:

APERTURA DE INSCRIPCIÓN: 10 de ABRIL de 2017.-

-CIERRE DE INSCRIPCIÓN: 24 de ABRIL de 2017.-

A partir del 25 al 26 de ABRIL de 2017: Exhibición de la lis a de postulantes inscriptos. Igual periodo para la impugnación de la nómina.-

A PARTIR DEL 27 de ABRIL de 2017, a horas 8,30 en dependencias de la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano: Reunión del Tribunal; análisis y puntuación de antecedentes.-

– El Jurado Evaluador determinará el temario y la bibliografía a consultar, la que se informara a los interesados por Acta que será publicada a través de la cartelera de esta Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano y de la página Web del Ministerio de alud de Jujuy -“Llamados a concurso”.-

Asimismo con posterioridad se dará a conocer la fecha de la Evaluación Técnica y la Entrevista Personal.-

ARTÍCULO 4º.-Los antecedentes deberán ser presentados AREA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO en el HORARIO DE 8.30 a 13.00 y en las fechas previstas.-

ARTÍCULO 5º.-La inscripción de los postulantes será de carácter personal o por tercero autorizado con documento de identidad y poder otorgado ante escribano público o autoridad competente. Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante en cualquier etapa del procedimiento.‑

ARTICULO 6°.-Para la inscripción el postulante deberá presentar en una carpeta toda la documentación requerida respetando el orden de los requisitos establecido en el artículo 2º de la presente Resolución.-

Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieren autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no considerar el antecedente declarado.‑

Una vez entregada la Ficha de Inscripción, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.-

ARTICULO 7°.-El postulante solo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.‑

ARTICULO 8°.-La inscripción comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, así como las condiciones y requisitos específicos que pautan el proceso en el que se inscribe.‑

ARTICULO 9°.-La inscripción importa la obligación para los interesados de una vez iniciado el trámite concurrir en forma periódica y personalmente para informarse sobre las alternativas del procedimiento.-

Cada inscripto deberá constituir domicilio a efectos del proceso de selección y someterse a la modalidad de comunicación por parte de la Administración, incluyendo fax o correo electrónico, a la que reconocerá expresamente como válida a todo efecto, sin perjuicio de la publicación que se efectúe mediante las carteleras habilitadas especialmente al efecto y la Página WEB respectiva. –

ARTÍCULO 10º.-Los inscriptos se darán por notificados de todo el procedimiento concursal con la sola publicación de las actas en dependencias del Hospital “San Roque” y en la Dirección Provincial de Gestión y Desarrollo del Factor Humano”.-

ARTICULO 11º.-No podrán participar del presente concurso:

Los Postulantes que tengan una designación en trámite en un cargo de PLANTA PERMANENTE en algunas de las Unidades de Organización dependiente de este Ministerio.-

ARTÍCULO 12°.- El Tribunal designado estará constituido por:

1.-EN REPRESENTACIÓN POR LA DIRECCION PROVINCIAL DE GESTION Y DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO: TITULAR: Lic. JUAN COBO SUPLENTE: Lic. SILVINA KINGARD.-

2.-EN REPRESENTACIÓN DEL HOSPITAL “SAN ROQUE”: TITULAR: Lic. LILIA PAMELA ARRAYA SUPLENTE: Lic. MARIA EUGENIA BECALLI.-

3.-EN REPRESENTACIÓN DEL COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE JUJUY CONFIRMAR.-

ARTÍCULO 13°.-Establézcase que el proceso de selección para el presente concurso estará conformado por las siguientes instancias:

1.-Cumplimiento de Requisitos dispuestos en el Art. 2 de la pre ente Resolución.

2.-Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales pertinentes específicamente al cargo y función a concursar.‑

3.-Evaluación Técnica.‑

4.-Entrevista Personal.‑

5.-El ingreso definitivo al cargo quedara supeditado a la aprobación del Examen de Aptitud Psicofísico.‑

De conformidad a las previsiones de los Art. 22 a 50 del Reglamente de “Bases de Concurso de Antecedentes y Oposición” (Resolución Nº 869-S-2016) que establece la forma y condiciones para las diferentes instancias de selección.-

ARTÍCULO 14°.-El ganador del concurso, deberá desempeñar funciones:

*En el AREA PROGRAMATICA Nº I – HOSPITAL “SAN ROQUE” o en los lugares a designar por las autoridades del mismo.

*Inherentes a su capacitación profesional y al cargo por el cual concursa.-

*Asignadas por el jefe superior inmediato y según horarios reglamentarios para el adecuado funcionamiento de los mismos.-

De docencia y de capacitación interna y externa, necesarias en el área asignada para el cumplimiento de sus funciones.-

ARTÍCULO 15°.-Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítase copia para su publicación integral en el BOLETIN OFICIAL y copia de la Resolución a la Secretaría de Coordinación de Atención de la Salud, Secretaria de Soporte del Sistema de Salud, Secretaria de Salud Mental y Adicciones, a las Direcciones Provinciales de Hospitales y APS., Hospital “SAN ROQUE”, Colegio de Psicólogos de Jujuy y al Gremio de APUAP. Cumplido, archívese.

 

Dra. Elena Meyer

Directora Provincial de Gestión

y Desarrollo del Factor Humano