BOLETÍN OFICIAL Nº 47 – 26/04/17

RESOLUCIÓN Nº 4884-E/2017.-

EXPTE. Nº 1052-829-16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 ABR. 2017.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-Dispónese la modificatoria de la Resolución N° 4643-E/11, estableciéndose que la edad mínima para el ingreso a 1° año a instituciones educativas con modalidad de educación permanente para jóvenes y adultos será de 17 años cumplidos desde el 1° de julio del año anterior, a partir del inicio del término lectivo 2017 y en razón de lo expuesto en el exordio.-

ARTICULO 2º.-Autorícese el trámite del título perteneciente a estudiantes cuya edad no se encuadra en lo dispuesto por la Resolución N° 4643-E./11, que cursaron el último año del Plan de Estudios aprobado por Resolución N° 2240-G/04 y aprobaron la totalidad de los espacios curriculares previstos en el mismo, durante el término lectivo 2016.-

ARTÍCULO 3°.-Dispónese que aquellos estudiantes de dieciséis (16) años o menos que no hayan cursado el último año del Plan de Estudios aprobado por Resolución N° 2240-G/04 sean inscriptos en instituciones educativas diurnas con plan de estudio de Bachiller Común de 5 años de duración, a partir del inicio del término lectivo 2017.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Educación