BOLETIN OFICIAL Nº 111 – 22/09/2025
RESOLUCION CONJUNTA Nº 8068-E-S/2025.-
EXPTE. Nº 1090-1170/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 SEP. 2025.-
LOS MINISTROS DE EDUCACION Y SALUD
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN PSICOMOTRICIDAD” al Instituto de Educación Superior Trascender, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800927-00, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por Resolución Conjunta N° 728-E/S-2023 para la cohorte 2025 inicio mes de abril, con una (1) comisión de cuarenta (40) estudiantes, en virtud de lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Títulos aplique la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por Resolución Conjunta N° 728-E/S-2023, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Psicomotricidad”, por la cohorte 2025- inicio mes de abril, de la carrera `TECNICATURA SUPERIOR EN PSICOMOTRICIDAD” del Instituto de Educación Superior “Trascender”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior “Trascender”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal, de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2026, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 5°.- Intimase al Instituto de Educación Superior “Trascender” a regularizar la emisión de las titulaciones de sus egresados, bajo apercibimiento de no autorizarse la implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior en futuras cohortes.-
ARTÍCULO 6°.- Procédase por la Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Hecho, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Educación Superior, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos y Ministerio da Salud. Cumplido, archívese.-
- Sc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación
Dr. Gustavo Alfredo Bouhid
Ministro de Salud