BOLETIN OFICIAL Nº 91 – 04/08/2025

RESOLUCION Nº 7373-E/2025.-

EXPTE. Nº 1090-990/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUL. 2025.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorizase el cambio de Titularidad del Colegio Los Olivos de propiedad de la Sra. Díaz Celia Yolanda, DNI 18.247.879 incorporado a la enseñanza oficial mediante Resolución N° 1673-E-16, en la persona jurídica de COLEGIO LOS OLIVOS S.A.S., ello por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que a través de la Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa de la Secretaría de Planeamiento Estratégico se proceda a modificar la titularidad en el CUE otorgado al Colegio Los Olivos.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que anualmente se realice por las Áreas competentes de este Ministerio de Educación el estricto contralor pedagógico, edilicio, contable y jurídico-administrativo al Colegio Los Olivos, debiendo cumplimentar el interesado en tiempo y forma con la presentación de toda la documentación requerida incluida la correspondiente Resolución del cambio de Jurisdicción.-

ARTÍCULO 4º.- Queda expresamente prohibida la transmisión, cesión o transferencia por cualquier título de la presente incorporación a terceros, el cambio de nombre de la institución o el cambio de domicilio, sin previa autorización ministerial, bajo apercibimiento de Ley.-

ARTÍCULO 5º.- Autorizar a la Dirección de Educación Inicial, Dirección de Educacion Primaria y Dirección de Educacion Secundaria, conjuntamente con la Dirección de Títulos a proceder a regularizar y convalidar según corresponda, conforme normativa vigente, las trayectorias escolares de los estudiantes, a efectos de la certificación de los egresados, si correspondiere.-

ARTÍCULO 6º.- Déjase establecido que los propietarios, representantes y/o apoderados legales de la Institución son exclusivos responsables de sus empleados en forma solidaria e ilimitada, y del pago de los salarios y/o cualquier otro concepto que por normativa les corresponda como empleadores.-

ARTÍCULO 7º.- Encomiendase a la nueva propietaria del Instituto Educativa al resguardo y archivo de los informes edilicios, contables, pedagógicos y administrativos los que deberán presentarlos a requerimiento de las autoridades del Ministerio.-

ARTÍCULO 8º.- El Incumplimiento de las disposiciones de la presente Resolución por parte del propietario, conllevará inmediatamente a la caducidad de la presente Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 9º.- Por Coordinación de Despacho procédase a notificar al Colegio Los Olivos S.A.S., del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 10º.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado comuníquese y publiquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Cumplido pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Educación Inicial, Dirección de Educación Secundaria, Dirección de Títulos y Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

  1. Sc. Ing Miriam Serrano

Ministra de Educación