BOLETIN OFICIAL Nº 80 – 11/07/2025
RESOLUCION GENERAL Nº 1719-DPR/2025.-
San Salvador de Jujuy, 4 de julio de 2025.-
VISTO:
La Resolución General Nº 1686/2024, Resolución General de la Comisión Arbitral Nº 12/2024 y la Disposición de Presidencia de la Comisión Arbitral Nº 9/2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución General Nº 1686 se establecen las fechas de vencimiento de los tributos provinciales para el periodo fiscal 2025, las que coinciden, en lo que respecta al impuesto sobre los ingresos brutos del régimen de Convenio Multilateral, con los vencimientos establecidos por la Comisión Arbitral mediante Resolución General Nº 12/2024.
Que, el artículo 4º de la Resolución General Nº 1686 dispuso que los contribuyentes comprendidos en la Categoría C de Convenio Multilateral debían presentar la Declaración Jurada Anual –Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2024, el día 30 de junio de 2025.
Que, en fecha 30 de junio de 2025, la Comisión Arbitral emitió la Disposición de Presidencia Nº 9/2025, ampliando el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual –Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2024 al día 4 de julio de 2025, debiendo aplicarse el coeficiente unificado conforme lo establecido en la Resolución General CA Nº 10/2019.
Que, Depto. Técnico ha tomado la intervención de competencia, conforme lo establecido por el Decreto Nº 1457-H-2008.
Que, por ello y en uso de las facultades acordadas por el artículo 10 del Código Fiscal vigente Ley Nº 5.791/2.013 T.O. 2.022;
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DISPÓNGASE, que el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual Formulario CM05 correspondiente al periodo fiscal 2024, operará el día 4 de julio de 2025, correspondiendo aplicar el coeficiente unificado conforme lo establecido en la Resolución General Nº 10/2019, de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Ingresos Públicos, Auditoría General de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley. Tomen razón Subdirección, Departamentos, Delegaciones, Divisiones, Secciones y Receptorías Fiscales. Cumplido, archívese.-
Marcela Beatriz Figueroa
Directora