BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 04/07/2025
RESOLUCION Nº 7023-E/2025.-
EXPTE. ÑJ-1082-619/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 JUN. 2025.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Rectificase, la estructura curricular correspondiente a la (FAPIC) Formación Artística para la Industria Cultural en Teatro Título: Técnico en Teatro Sociocomunitario que se implementa en la Escuela Provincial de Teatro “Tito Guerra” dependiente del Instituto Superior de Arte (ISA) CUE 3800768-03 aprobado por Resolución N° 3373-E-21, que como Anexo I se incorpora al presente Acto Resolutivo, por las razones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase, el Diseño Curricular para la (FAPIC) Formación Artística para la Industria Cultural en Teatro Título: Intérprete Actoral, (FAPIC) Formación Artística para la Industria Cultural en Teatro Título: Intérprete Actoral en Teatro Sociocomunitario, que como Anexo II se incorpora al presente Acto Resolutivo, por las razones expuestas en el exordio.
ARTÍCULO 3°.- Téngase por reconocida la implementación del Diseño Curricular para la (FAPIC) Formación Artística para la Industria Cultural en Teatro Título: Intérprete Actoral, (FAPIC) Formación Artística para la Industria Cultural en Teatro Título: Intérprete Actoral. en Teatro Sociocomunitario, en la Escuela Provincial de Teatro “Tito Guerra” CUE 3800768-03 dependiente del Instituto Superior de Arte (ISA), a partir de la cohorte 2021 conforme a lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución N° 3373-E-21, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese, que la Dirección de Títulos del Ministerio de Educación realizará las certificaciones correspondientes a los egresados de la (FAPIC) Formación Artística para la Industria Cultural en Teatro Título: Intérprete Actoral, (FAPIC) Formación Artística para la Industria Cultural en Teatro Título: Intérprete Actoral en Teatro Sociocomunitario de la Escuela Provincial de Teatro “Tito Guerra” CUE 3800768-03, ciudad de San Salvador de Jujuy.
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Educación Superior se proceda a la elaboración del Régimen Académico para FAPIC del Instituto Superior de Arte (ISA).
ARTÍCULO 6°.- Dispónese que a través de la Dirección dé Educación Superior se proceda a la regularización administrativa y reubicación de los docentes del Instituto Superior de Arte (ISA), a partir de la emisión del presente Acto Resolutivo.-
ARTÍCULO 7º.- Procédase por la Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 8°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente, en el Boletín Oficial. Hecho, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Superior, Coordinación General de Modalidades Educativas, Modalidad de Educación Artística, Dirección de Títulos, Comisión de Estudios de Títulos.-
Mc. Sc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación