BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 04/07/2025

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.- LIBRO DE ACORDADAS Nº 28, Fº 22/23, Nº 10 -U.O. N 2°-. En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los dos días del mes de Julio dos mil veinticinco, los Señores Jueces titulares de la Suprema Corte de Justicia Doctores Ekel Meyer, Sergio Marcelo Jenefes, Federico Francisco Otaola, Laura Nilda Lamas González, María Eugenia Nieva, Mariano Gabriel Miranda y Martín Francisco Llamas, reunidos bajo la presidencia del primero de los nombrados,

Consideraron:

Que, mediante Ley N° 6.004, se creó el Juzgado Multifueros del Centro Judicial Libertador Gral. San Martín, con competencia territorial en los Departamentos de Ledesma, Valle Grande –con excepción de las localidades de Caspalá y Santa Ana-, y en las localidades de Vinalito y el Talar del Departamento Santa Bárbara. Que, por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 3669-G-21 de fecha 14 de julio de 2021, fue designada la Dra. Graciela Alejandra Silva como Juez en lo Civil y Comercial y de Familia en la ciudad de Libertador Gral. San Martín.-

Que, por Acordada N° 106/2021, esta Suprema Corte –otrora Superior Tribunal de Justicia- dispuso en su art. 1°) poner en funcionamiento el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y de Familia creado por Ley N° 6.004 del Centro Judicial Libertador Gral. San Martín a partir del día 15 de Noviembre de 2021.

Mediante la Ley N° 6.392, se creó en el ámbito de los Centros Judiciales de Libertador Gral. San Martín y de la ciudad de Perico un (1) Juzgado de Primera Instancia de Familia, con la competencia establecida en el art. 75 y cctes. de la Ley N° 4055 “Orgánica del Poder Judicial” y sus modificatorias”. A su vez, se crean dos cargos de Jueces de Primera Instancia, uno para el Centro Judicial Libertador San Martín y el otro para la ciudad de Perico, estableciendo la referida normativa que una vez puestos en funcionamiento los juzgados establecidos en el art. 1°, los actuales Juzgados en lo Civil y Comercial y de Familia –Multifueros- creados por el Artículo 3° de la Ley N° 6.004, entenderán únicamente en las cuestiones establecidas en el art. 81 y concordantes de la Ley N° 4055 “Orgánica del Poder Judicial” y sus modificatorias, y pasarán a llamarse Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.-

La norma bajo análisis, modifica el art. 3° la Ley 6.004, el cual queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 3: CREACION Y COMPETENCIA TERRITORIAL a) Crease en el ámbito de los Centros Judiciales establecidos en el art. 1, un (1) Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en cada uno de ellos, que tendrá dentro de las esfera de sus jurisdicciones territoriales la competencia establecida en el artículo 81 y concordantes de la Ley N° 4055 “Orgánica del Poder Judicial” y sus modificatorias”, modificando así los cargos creados por Ley N° 6004, pasando los mismos de ser Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y de Familia a Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial. A su vez, la Ley 6.392 modifica el art. 80 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, respecto del asiento, jurisdicción y reemplazo de los Jueces de Primera Instancia Civil y Comercial, estableciendo en el primer párrafo y en lo que aquí interesa: “Los Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial serán letrados y tendrán su asiento en la capital de la Provincia, San Pedro de Jujuy, Libertador Gral. San Martin, Perico, Humahuaca y La Quiaca”. El párrafo cuarto del referido art. 80 –modificado- establece: “Los Jueces con sede en la ciudad de Libertador Gral. San Martín, tendrán competencia territorial en los Departamentos de Ledesma, Valle Grande –con excepción de las localidades de Caspalá y Santa Ana- y en las localidades de Vinalito y El Talar del Departamento Santa Bárbara”, por lo que los Juzgados creados por la Ley N° 6.392, mantienen idéntico asiento y jurisdicción que el Juzgado creado por le Ley N° 6004 –Multifueros.-

En ese orden de ideas, la Suprema Corte de Justicia, dictó la Acordada N° 169/24, remitiendo al Poder Ejecutivo de la Provincia, las ternas para cubrir un cargo de Juez Unipersonal de Familia, del cual resultara designada por Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia Decreto N° de fecha 25/06/2025 -para el Centro Judicial Libertador Gral. San Martin- la Dra. Fernanda Dalmira Armella.-

Por lo que corresponde disponer la puesta en funcionamiento del Juzgado de Primera Instancia de Familia para el Centro Judicial Libertador Gral. San Martin para continuar el actual juzgado –multifueros- entendiendo como Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, tal y cual lo dispuesto por la Ley N° 6.392 en su art. 3°.-

Por ello, en uso de las facultades emanadas de la Constitución de la Provincia –art. 188°-, art. 49 de la ley Nº 4055, Orgánica del Poder Judicial y el art. 7° de la Ley 6.392, la Suprema Corte de Justicia,

Resuelve:

1º) Poner en funcionamiento el Juzgado de Primera Instancia de Familia en el Centro Judicial de Libertador Gral. San Martin, creado por ley N° 6.392 a partir del 02 de Julio de 2025.

2°) Establecer que el actual juzgado –multifueros- pasará a funcionar como Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, tal y cual lo dispuesto por la Ley N° 6.392 en su art. 3°.

3°) Registrar, notificar y publicar íntegramente por un día en el Boletín Oficial.-

 

Firmado: Doctores Ekel Meyer, Sergio Marcelo Jenefes, Federico Francisco Otaola, Laura Nilda Lamas González, María Eugenia Nieva, Mariano Gabriel Miranda y Martín Francisco Llamas.- Ante mí: Dra. Florencia Zalloco- Secretaria de Cámara a/c Superintendencia Centro Judicial San Pedro Jujuy.-