BOLETIN OFICIAL Nº 76 – 30/06/2025

RESOLUCION Nº 400-PG/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUN. 2025.-

VISTO:

La reciente toma de juramento de nuevos fiscales conforme a lo previsto en la Ley N° 6363 – Ley Orgánica del Ministerio Público de la Acusación; y

CONSIDERANDO:

Que corresponde disponer la asignación de dependencias y funciones de los fiscales y agentes fiscales recientemente juramentados a fin de garantizar un servicio eficiente, especializado y territorialmente equilibrado de persecución penal.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 6363 – Ley Orgánica del Ministerio Público de la Acusación;

EL PROCURADOR GENERAL DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA ACUSACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establecer la competencia material y territorial de los agentes fiscales conforme lo que sigue :

  1. El Dr. Bruno Gastón Carchidi como agente fiscal de la Fiscalía Especializada en Violencia de Género, Violencia Sexual e Intrafamiliar de Alto Comedero y Palpalá, dejando sin efecto la afectación del Dr. Emilio Alejandro Gurrieri a dicha fiscalía. El Dr. Carchidi actuará bajo la órbita de supervisión de la Dra. María Emilia Curten Haquim, en su carácter de Fiscal Regional habilitada, en tanto el Dr. Gurrieri continuará bajo la órbita funcional del Fiscal Regional, Dr. Gonzalo Puig.
  2. Los Dres. Emilio Alejandro Gurrieri y Angélica Solís se desempeñarán como agentes fiscales en la Unidad Fiscal de Investigación Penal Preparatoria de Alto Comedero y Palpalá y en la Unidad Fiscal con Competencia en Narcomenudeo.
  3. El Dr. Pablo Martín de Tezanos Pinto como fiscal a cargo de la Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes N.º 1, actuará hasta nueva disposición, bajo la supervisión directa de la Procuración General. Hágase saber que deberá prestar colaboración en la Unidad Fiscal Especializada en Violencia de Género, Violencia Sexual e Intrafamiliar de San Salvador de Jujuy, a solicitud de la Procuración General. Asimismo se desempeñará en materia no penal conforme los artículos 4, 45 de la ley N° 6363 y la Instrucción General 03/24.
  4. El Dr. Juan Carlos Baiud como fiscal a cargo de la Fiscalía de Niños, Niñas y Adolescentes N.º 2, la cual actuará bajo la órbita funcional del Fiscal Regional, Dr. José Blanco. Deberá asimismo prestar colaboración en la Unidad Fiscal de San Pedro de Jujuy, cuando así le sea requerido por dicho Fiscal Regional, Asimismo se desempeñará en materia no penal conforme los artículos 4, 45 de la ley N° 6363 y la Instrucción General 03/24.
  5. La Dra. Daiana Alejandra Serrano Antar como agente fiscal de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Económicos y contra la Administración Pública con competencia material en los términos de la ley 5898 y además deberá entender en la investigación y enjuiciamiento de los delitos de estafas y defraudaciones previstos en los artículos 172 al 175 del Código Penal de la Nación, quedando sin efecto a partir de la presente en este sentido la competencia material prevista en la resolución 229 de 2024, y abarcará únicamente que ingresen a partir del día de la fecha. Esta competencia material la ejercerá de manera conjunta con el Dr. Diego Ignacio Funes quien tendrá la misma competencia material, ambos bajo la órbita funcional de la Procuración General.

 

ARTÍCULO 2º.- Disponer que el Dr. Diego Cussel, sin perjuicio de las funciones que actualmente desempeña en la Unidad Fiscal Especializada en Delitos contra la Propiedad e Integridad de las Personas, será el encargado de tramitar la totalidad de las causas vinculadas a accidentes de tránsito, tanto en trámite como las que ingresen a partir de la presente resolución, con el objeto de estandarizar los criterios de intervención penal en dicha temática.

ARTÍCULO 3º.- Disponer que los fiscales regionales Dres. Beller, Puig, Blanco, y la fiscal regional habilitada Dra. Curten Haquim, en sus respectivas materias, procedan a la redistribución de los legajos que tengan eventualmente a su cargo, y modo que todos los fiscales bajo su órbita tengan una distribución equitativa del flujo de trabajo. Sin perjuicio de ello, el Dr. Beller debe mantener las causas que gestiona el Dr. Diego Cussel quien deberá finiquitarlas con mayor celeridad conforme surge de las estadísticas.-

ARTÍCULO 4º.- Ordenar a la Administración General que disponga las medidas adecuadas para la logística y apoyo administrativo debiendo proveer los insumos necesarios a tales fines y demás reparticiones y personas que resultaren de interés.-

ARTÍCULO 5º.- Ordenar a la Secretaría General la notificación la Dirección de Recursos Humanos, a los fiscales y agentes fiscales, Fiscalías Regionales, publicar en el Boletín Oficial y comunicar al Presidente de la Honorable Legislatura a sus efectos.-

 

Sergio Enrique Lello Sanchez

Procurador General