BOLETIN OFICIAL Nº 73 – 23/06/2025
RESOLUCION Nº 02-CDH-L.J./2025.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUN. 2025.-
VISTO:
LEY N° 6137 “Creación del Mecanismo Local de La Provincia de Jujuy de Prevención de La Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes”; y
CONSIDERANDO:
Que, la necesidad de integración de El Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes se integrará con tres (3) miembros, quienes durarán cuatro (4) años en su cargo y podrán ser reelectos por una única vez;
Que, en cumplimiento a la Ley en su Título II Capítulo II Artículos 8, 9 y 10 los ciudadanos en general, las ONGs., los Colegios y Asociaciones Profesionales, Entidades Académicas y de Derechos Humanos podrán presentar observaciones, adhesiones e impugnaciones a los postulantes, por escrito;
Por ello,
LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS DE LA LEGISLATURA DE JUJUY
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar a inscripción a un (1) miembro designado a propuesta de las Organizaciones No Gubernamentales de Derechos Humanos reconocidas legalmente y en actividad vigente, los postulantes deberán pertenecer a organizaciones sociales de Derechos Humanos reconocidas legalmente.-
ARTÍCULO 2.- La convocatoria se realizará mediante publicaciones a efectuarse por tres (3) días en el Boletín Oficial, en dos (2) diarios de circulación provincial y en el sitio web de la Legislatura de la Provincia, debiéndose cumplir con los requisitos establecidos por la Ley N° 6137.-
ARTÍCULO 3.- Cumplido, archívese.‑
COMISIÓN de DERECHOS HUMANOS, DIRECCIÓN SALA de las COMISIONES, 18 de Junio de 2025.-
Prof. María Agustina Guzmán
Diputada Provincial Presidenta
Comisión de Derechos Humanos Legislatura de Jujuy
23/25/27 JUN.-