BOLETIN OFICIAL Nº 62 – 26/05/2025

RESOLUCION Nº 179-SUSEPU/2025.-

CDE. EXPTE.. Nº 0630-108/2025.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 MAY. 2025.-

VISTO:

Expte. de referencia caratulado: “CDE. NOTA GC N° 99/2025 EJE S.A E/ PROPUESTA DE CUADRO TARIFARIO CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE MAYO AL 31 DE JULIO DE 2025.”

Resolución Nº 168-SUSEPU-2025; y.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nº 168-SUSEPU-2025 de fecha 16 de mayo de 2025 se aprueba el Cuadro Tarifario de EJE S.A, que tendrá vigencia entre el 1° de mayo y el 31 de julio de 2025.

Que, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos informa que se detectó un error en la mencionada Resolución, publicada en el Boletín Oficial el día 19 de mayo del corriente año,.

Que, en consecuencia corresponde rectificar el Art. 2 de la Resolución Nº 168-SUSEPU-2025 respecto al valor de λ y en el Anexo I Bonificaciones Cargo por uso de Red RE Electodependientes modificar el valor consignado en el mismo.

Que, se omitió consignar el valor de la SETA de 100 KV, por lo que corresponde incorporar un Articulo que apruebe el costo de una seta de 100KV, conforme al punto 2 apartado 2.2.2 del Subanexo 9 del Contrato de Concesión de EJE S.A., y en los términos de la Resolución Nº 035-SUSEPU-2012.

Por ello, y en ejercicio de sus funciones:

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Rectificar en la Resolucion Nº 168-SUSEPU-2025, de fecha 19 de mayo de 2025, el Art. 2º debiendo redactarse de la siguiente manera:

Donde dice:

“…en un valor de λ = $ 15.817398,5.”

Debe decir:

“… en un valor de λ = $ 1.730,09.”

ARTICULO 2º.- Rectificar en la Resolucion Nº 168-SUSEPU-2025, de fecha 19 de mayo de 2025, el ANEXO I BONIFICACIONES Cargo por Uso de Red, debiendo redactarse de la siguiente manera:

Donde dice:

 

RE Electrodependientes $/kWh -63,3675 -63,3675 -63,3675
           

 

Debe decir:

 

RE Electrodependientes $/kWh -65,0153 -65,0153 -65,0153
           

 

 

 

ARTICULO 3°.- Incorporar como Art. 3º  de la Resolución Nº 168-SUSEPU-2025, de fecha 19 de mayo 2025, lo siguiente:  “ARTÍCULO 3º.- Aprobar a los fines de la aplicación del punto 2 apartado 2.2.2 del Subanexo 9 del Contrato de Concesión de EJE S.A., y en los términos de la Resolución Nº 035-SUSEPU-2012, el costo de una SETA de 100 KVA, que tendrá vigencia en el período comprendido entre el 1º de mayo de 2025 y el 31 de julio de 2025, por un valor de $15.817398,5.-”

ARTICULO 4º.- Publicar en Boletín Oficial. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Notificar a EJE S.A. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos y del Usuario. Cumplido archivar.-

 

Ing. Carlos Alberto Oehler

Presidente

26 MAY. LIQ. Nº 40002 $1.600,00.-