BOLETIN OFICIAL Nº 61 – 23/05/2025

RESOLUCION Nº 172-SUSEPU/2025.-

CDE EXPTE. N° 0630-266/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 MAY. 2025.-

VISTO:

Expediente del rubro caratulado: “CDE. NOTA GC N° 89/25 EJE S.A. REF: CONCURSO DE PRECIOS DEL GAS NATURAL PARA EL ABASTECIMIENTO DE LA CENTRAL PIEDRA NEGRA EN EL PDO. MAYO 2025 – ABRIL 2026.”; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Nota GC N° 89/2024 EJE S.A. (fs. 1/39) informa a este Organismo respecto a que el 27 de marzo de 2025 realizó el Concurso de Precios para el abastecimiento de gas natural a los efectos de determinar el precio del gas para uso en la generación eléctrica del Sistema Aislado Provincial, para el Periodo 1° de mayo de 2025 al 30 de abril de 2026. Adjunta la lista de las Empresas invitadas, ofertas recibidas, montos anuales por oferente, ofertas y acta notarial.

Asimismo, que de no mediar observaciones, los precios del gas que informa serian los empleados en la determinación del precio de referencia de la energía del Sistema Aislado Provincial (PESAP).

Que, en su intervención, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos (fs. 40/43) se expide observand que, tomando en cuenta el cumplimiento de las formalidades para el Concurso de Precios de Gas Natural, así como otras políticas de licitación, la oferta mas baja corresponde a la empresa GASMARKET S.A. teniendo un precio ponderado de 4,57 USD/MMBTU equivalente a 168,57 USD/dam3, el cual surge de los precios cotizados por la Empresa para los periodos de invierno (mayo a septiembre/25) y verano (octubre/25 a abril/26): 5,66 USD/MMBTU y 3,71 USD/MMBTU, respectivamente.

Por lo tanto sugiere aprobar las actuaciones en el marco de la Resolución SUSEPU N° 182-2022 y el Anexo II, Subanexo 2 del Contrato de Concesión de EJE S.A. en cuanto a la determinación del Precio de Referencia del Gas Natural en el punto de inyección del gasoducto del Sistema Aislado Provincial (SAP), para el abastecimiento de la Central Termina Piedra Negra.

Que, en Dictamen N° 78/2025 la Gerencia de Asuntos Legales, analiza la documentación presentada por EJE S.A. y el informe de la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos, y expresa lo siguiente:

En primer lugar, entiende que resulta importante destacar que los precios del gas que se informan, son los empleados en la determinación del Precio de Referencia del Gas Natural en el Sistema Aislado Provincial (PESAP) en el punto de inyección del gasoducto para el periodo mayo/2024 a abril/2025, no incluyendo el costo de transporte para situarlo en el SAP.

Prosigue, que al respecto, el Subanexo 2 del Anexo II del Contrato de Concesión regula la formación del precio de referencia de la Energía del Sistema Aislado Provincial reconocido para las actividades de generación eléctrica, y textualmente establece: “El precio del gas se determinará en forma anual, en forma previa al mes de mayo y surgirá de una compulsa solicitada a un conjunto de comercializadores a los cuales prestará conformidad la SUSEPU. La oferta elegida, en caso de estar expresada en dólares, se convertirá en cada período trimestral a pesos conforme al promedio del tipo de cambio de las cotizaciones diarias de la moneda, correspondiente al último mes del tristre “t-1”, de prestación, publicadas por el Banco Central de la Republica Argentina.

Los precios del transporte y distribución del gas serán publicados en el cuadro tarifario de GASNOR aprobados por el ENARGAS para ese trimestre “t”. En particular el costo del transporte para el gasoducto NORANDINO será el que determine el ENARGAS”.

Finalmente, habiendo acreditado EJE S.A. la realización de la compulsa de precios de gas en tiempo oportuno, no existiría obstáculo legal para que esta SUSEPU preste conformidad al concurso de precio de gas natural para provisión de la Central de Generación Piedra Negra para el periodo comprendido entre el 1° de mayo de 2025 y el 30 de abril de 2026, en un todo conforme con lo sugerido por la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos, luego de efectuado los controles de su competencia.

Por ello, y en ejercicio de sus funciones;

EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU

RESUELVE

ARTICULO 1°.- Por los fundamentos expuestos en el considerando, en cumplimiento a lo que establece el Subanexo 2 del Anexo II del Contrato de Concesión, dar conformidad al  concurso de precios llevado a cabo por EJE S.A. el 27 de marzo de 2025, para determinar el precio del gas natural para provisión de la Central de Generación Piedra Negra, (Sistema Aislado Provincial-PESAP), para el periodo 1° de mayo 2025 y el 30 de abril 2026.-

ARTICULO 2°.- Notificar a EJE S.A. Publicar en el Boletín Oficial. Remitir copia al Ministerio del área. Pase a las Gerencias Técnica de Servicios Energéticos y de Asuntos Legales. Cumplido, archivar.-

 

Ing. Carlos Alberto Oehler

Presidente

23 MAY. LIQ. Nº 39965 $1.600,00.-