BOLETIN OFICIAL Nº 55 – 09/05/2025
RESOLUCION Nº 6296-E/2025.-
EXPTE. Nº 1090-1095/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 ABR. 2025.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN DERECHOS HUMANOS CON ABORDAJE INTEGRAL E INCLUSIVO” al Instituto de Educación Superior Intercultural Campinta Guazú “Gloria Pérez”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy. identifícado con el CUE N° 3800902-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Autorízase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN DERECHOS HUMANOS CON ABORDAJE INTEGRAL E INCLUSIVO”, en el Instituto de Educación Superior Intercultural Campinta Guazú “Gloria Pérez”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la cohorte 2025 con inicio en el mes de abril.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese que la Dirección de Títulos, aplique, la Estructura Curricular y Plan de Correlatividades y Régimen de Aprobación que forma parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Derechos Humanos con Abordaje Integral e Inclusivo”, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN DERECHOS HUMANOS CON ABORDAJE INTEGRAL E INCLUSIVO”, del Instituto de Educación Superior Intercultural Campinta Guazú “Gloria Pérez” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, para la cohorte 2025.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior Intercultural Campinta Guazú “Gloria Pérez”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2026, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 6°.- Procédase por la Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Hecho, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente, Dirección Provincial de Administración, Dirección de Títulos, y Comisión de Estudio. Cumplido, archívese.-
- Soc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación