BOLETIN OFICIAL Nº 48 – 25/04/2025
RESOLUCION Nº 108-SUSEPU/2025.-
CDE. EXPTE. N° 0630-288/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 MAR. 2025.-
VISTO:
El presente Expediente, caratulado: “AVANCE DEL PLAN DE INVERSIONES CORRESPONDIENTES A MAYO 2023 – ABRIL 2024 – AÑO 2”.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SUSEPU Nº 182/2022, artículo 6º, se aprueba el Anexo E – Subanexo 10 del Anexo II “Plan de inversiones Obligatorias” del Contrato de Concesión de EJE S.A., donde se establecen los lineamientos para efectuar el seguimiento físico y económico del Plan de Inversiones comprometido por la Distribuidora en el marco de la Revisión Tarifaria Extraordinaria para el periodo 2022-2027 y que sobre la base de dicho seguimiento se determinarán los eventuales apartamientos entre las inversiones que realmente ejecute la empresa y las informadas en el plan utilizado en la presente RTE para el cálculo del Costo Propio de Distribución Unitario (CPDU). Asimismo, se define un régimen sancionatorio cuando se determine que la Distribuidora ha incumplido con el plan de inversiones presentado, o lo ha realizado con demoras significativas injustificadas.
Que, a fs. 1/33 del expediente de referencia, obra Nota GT 095/2024 de fecha de 12/04/2024, mediante la cual la Distribuidora informa Avance de inversiones a marzo 2024 correspondientes al año 2 (periodo mayo 2023 – abril 2024), adjunta información en soporte digital (fs. 3). A su vez hace referencia a la nota GG Nº 3 en donde exponen hechos y medidas de orden nacional y provincial que tuvieron incidencia directa en la ejecución del plan de inversiones del año anterior y que siguen impactando sensiblemente en la ejecución del Plan de Inversiones – año 2; a saber algunos de los problemas mencionados son: a) El sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) crea dificultades y atrasos significativos para el aprovisionamiento de materiales y equipamiento; b) El mercado financiero argentino ha reducido la disponibilidad de crédito bancario; c) El nivel de inflación nominal de Argentina durante el 2023 fue de 211,4% (Fuente: INDEC); d) La tasa de interés nominal del momento es del orden de 135%, lo cual desincentiva los prestamos bancario a empresas privadas.
Que, a fs. 34 obra Nota GT 109/2024 de fecha 14/05/2024 en la cual la Distribuidora solicita una prórroga de 20 días hábiles para la presentación del informe previsto en el numeral 3.4 del Sub-anexo 10 del Contrato de Concesión.
Que, de fs. 35/51 obra Nota GT 124/2024 de fecha 24/06/2024 donde la Distribuidora rinde informe sobre el Plan de inversiones del segundo año de gestión, desagregado por rubro y las obras ejecutadas (total o parcialmente) al 30 de abril por un monto total de $7.050.544.167, siendo el monto comprometido inicialmente y ajustado a la misma fecha de $10.271.687.373, adjunta información en soporte digital (fs. 40). Adicionalmente solicita se tenga en cuenta lo establecido en el Acta Acuerdo de fecha de 16 de mayo de 2024, suscripta entre el Estado Provincial y EJE S.A. a instancias del Decreto Acuerdo Nº 575-ISPTyV, particularmente, lo mencionado en el numeral 1.4 “Medidas compensatorias y Balance”.
Que, de fs. 52/56 obra informe de la Gerencia Técnica de Servicios Eléctricos en donde se analiza la presentación de EJE S.A obrante en nota GT Nº124/2024 donde rinde informe de avances final del Plan de inversiones para el periodo mayo 2023 – abril 2024 por un monto de $7.050.544.167, lo que representa un cumplimiento efectivo del 68,8%, concluyendo que la Distribuidora deberá ajustar y justificar los montos remanentes por valor de $3.221.143.206 por el Plan de Inversiones – periodo mayo 2023 – abril 2024 (Año 2).
Que, a fs. 57 obra nota GC Nº 799/2024 con fecha 06/12/2024 en donde la Distribuidora expone el balance en los términos del Acta Acuerdo del 16/05/2024, en el marco del decreto acuerdo Nº 575 – ISPTyV, poniendo de manifiesto que del mencionado balance surge un monto de $2.952.893.857 y solicitan que el mismo sea compensado mediante el mecanismo expuesto en el Numeral 1.4 de la citada Acta Acuerdo, preferentemente, utilizando lo dispuesto en el punto iv) del citado artículo. Adjunta Anexo I con copia certificada del Acta Acuerdo de fecha 16/05/2024 y anexo II con memoria de cálculo para la obtención del balance mencionado.
Que, el numeral 1.4 del Acta Acuerdo establece que durante el periodo transitorio las partes facultan a la SUSEPU a adoptar e instrumentar medidas tendientes a compensar los desfasajes producidos por la aplicación del presente Acta Acuerdo, como ser: i) Readecuación del régimen de calidad de servicio; ii) Suspensión de la aplicación del régimen de disminución de pérdidas reconocidas; iii) Readecuación del Plan de Inversiones del año 3 y rendición del año, y/o iv) compensación de penalizaciones, entre otros mecanismos que la SUSEPU considere pertinente.
Que, a fs. 69 obra informe del Departamento de Control de Tarifas con el resultado del balance económico neto por aplicación del Acta Acuerdo, sin ajuste mediante índice lambda por un valor de $2.449.164.858 como crédito a la distribuida.
Que, mediante Resolución N° 096 SUSEPU 2025 se aprueba el resultado del balance económico por aplicación del Acta Acuerdo del 16 de mayo de 2024, para el periodo 1° de mayo de 2024 al 31 de agosto de 2024, por un monto de $ 2.449.164.858 (pesos dos mil cuatrocientos cuarenta y nueve millones ciento sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y ocho) como crédito para la distribuidora, valor que deberá ser ajustado por índice lambda al momento de su aplicación.
Que, el monto de $2.449.164.858 ajustado por Lambda a la fecha de cierre del Año 2, resulta en un monto equivalente a $1.891.287.581 como crédito a favor de EJE S.A.
Que, a fs. 73/78 obra Nota GT 028/2025 de fecha 25/02/2025 mediante la cual la Distribuidora solicita se tengan por cumplidas las obligaciones del Plan de Inversiones del periodo mayo 2023 – abril 2024 (año2) en virtud de los motivos expuestos en cinco incisos obrantes en la mencionada nota. Solicita que, teniendo en consideración lo pactado en el Acta Acuerdo 2024 particularmente lo mencionado en el numeral 1.4 respecto de “Medidas compensatoria y Balance”, se considere para el cumplimiento de las obligaciones de inversión del periodo Año 2, el saldo a favor de la Distribuidora resultante del Balance del Acta Acuerdo 2024 por un monto de 1.891 MM$ y la reclasificación de ciertas inversiones registradas en el Año 3 para ser consideradas en el Año 2 por un monto de 1.330 MM$, ambos números expresados en moneda de abril 2024.
Que, considerando lo expuesto por la Empresa, el crédito a favor de la Distribuidora que surge del Balance Económico aprobado por Resolución N° 096 SUSEPU 2025, queda compensado y el crédito saldado, no existiendo otras diferencias por reclamar por parte de EJE S.A. respecto al periodo transitorio del Acta Acuerdo de fecha 16 de mayo de 2024.
Que, a fs. 79/80 obra informe con fecha 13/03/2025 donde el Dpto. Técnico opina sobre lo expuesto en Nota GT 028/2025 de EJE S.A, sugiriendo el rechazo parcial del inciso 3 de la mencionada nota, específicamente el rubro “Reparación de Transformadores”, sugiriendo la incorporación de obras complementarias tendientes a mejorar la calidad en la prestación del servicio por un monto actual de $ 1.212.968.180, equivalentes a $662.824.142 expresado a moneda de abril 2024, considerando un plazo de ejecución razonable hasta diciembre 2025 bajo apercibimiento de otra sanción más considerable.
Que, a fs. 84/88 la Gerencia Técnica de Servicios Energético eleva informe final de rendición del Año 2 (periodo mayo/2023 – Abril/2024), donde considera las presentación realizadas por la empresa EJE S.A., los informes de sus Departamentos dependientes y particularmente los efectos por la incidencia del Acta Acuerdo de fecha 16 de mayo de 2024, firmada entre el Poder Concedente de la Provincia de Jujuy y la Distribuidora, en el marco del Decreto Acuerdo N°575-ISPTyV-2024, como elementos que conforman la presente actuación, concluyendo que se sugiere dar por finalizada la rendición del Año 2 en los términos del balance expuesto:
- Suma de las Rendiciones presentadas por EJESA: $ 7.050.544.167
- Balance Acta Acuerdo Mayo-Agosto/2024: $ 1.891.287.581
III. Obras Año 3 reconfigurada a Año2 (pto 1.4 Ac Ac): $ 741.199.734
- Obras adicionales solicitadas (sanción): $ 662.824.142
Total (moneda abril/2024) $10.345.855.624
Que, la Gerencia de Asuntos Legales en su intervención emite Dictamen pertinente.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Dar por concluida la rendición del Plan de Inversiones Obligatorias Año 2 para el periodo mayo 2023- abril 2024 en el marco de la Revisión Tarifaria Extraordinaria 2022.-
ARTICULO 2º: Imponer una sanción a EJE S.A. por la cual deberá realizar las obras complementarias del rubro Crecimiento Vertical y Calidad de Servicio, expuestas en el Anexo I de la presente, por un monto de referencia de PESOS MIL DOSCIENTOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA ($ 1.212.968.180) expresado a moneda de abril 2025, o el que resulte de la ejecución total de las obras consignadas en dicho Anexo, y con un plazo máximo de finalización en diciembre/2025, bajo apercibimiento de sanción económica conforme al incumplimiento injustificado de las mismas.
ARTICULO 3º: Habiéndose aplicado en la compensación del Plan de Inversiones – Año 2, el crédito a favor de la Distribuidora que surge del Balance del Acta Acuerdo de fecha 16 de mayo de 2024 aprobado por Resolución N° 96-SUSEPU-2025, dar por cumplido y acreditado los montos resultantes del periodo transitorio 1° de mayo al 31 de agosto/2024.-
ARTICULO 4°: Notificar a EJE S. A. Remitir copia al Ministerio de Infraestructura, Servicio Público, Tierra y Vivienda. Pasar a conocimiento de las Gerencias de Servicios Energéticos y Asuntos Legales. Cumplido, archivar.-
Ing. Carlos Alberto Oehler
Presidente
ANEXO I – OBRAS COMPLEMENTARIAS
Obra | Monto (abril/25) | Monto (Abril24) |
Descripción |
SSJ-RACIO SE0396 – DIST. LOS PERALES | $ 165.149.104 | $ 90.245.412 | Mejora de 2.892m de línea de baja tensión, cambio de postación y conductores. |
SE0373 – DIST. AÉREO SE0373 – Ciudad de Nieva | $ 76.802.048 | $ 41.968.332 | Mejora de 2.247m de línea de baja tensión, cambio de postación y conductores. |
Penalizado Prod.Téc. SE2607 Lot Barcena | $ 48.825.507 | $ 26.680.605 | Mejora de 1.554m de línea de baja tensión,, cambio de postación y conductores, nueva subestación transformadora de 160kVA |
Penalizado Prod.Téc. SE1398 Ctro Forestal | $ 98.098.830 | $ 53.605.918 | Mejora de 360m de línea de media tensión, colocación de 2 subestaciones transformadoras, y mejora de 710m de línea de baja tensión |
Anillo Dist. Lamadrid – Dist. Aéreo | $ 136.161.622 | $ 74.402.258 | Mejora Calidad de servicio, renovación de 400m de línea de media tensión 13,2 kV subterránea 185mm2 Al en ducto de 160mm, Celdas de Media tensión con telecontrol, Tablero de BT |
Anillo Dist. Lavalle – Dist. Moreno | $ 142.228.226 | $ 77.720.342 | Mejora Calidad de servicio, renovación de 350m de línea de media tensión 13,2 kV subterránea 185mm2 Al en ducto de 160mm, Celdas de Media tensión con telecontrol, Tablero de BT |
Anillo Dist. Catedral – Dist. Moreno | $ 106.297.967 | $ 58.086.321 | Mejora Calidad de servicio, renovación de 600m de línea de media tensión 13,2 kV subterránea 185mm2 Al en ducto de 160mm |
Anillo Dist. Lamadrid SE1935 – SE1934 | $ 99.470.920 | $ 54.355.694 | Renovación de 500m de línea de media tensión 13,2 kV subterránea 185mm2 Al en ducto de 160mm |
Anillo SE1937 – SE1935 | $ 162.582.711 | $ 88.843.099 | Mejora Calidad de servicio, renovación de 550m de línea de media tensión 13,2 kV subterránea 185mm2 Al en ducto de 160mm, Celdas de Media tensión con telecontrol, Tablero de BT |
Instalación de Medidores Inteligentes | $ 177.356.575 | $ 96.916.161 | Adquisición e Instalación de 280 medidores inteligentes trifásicos indirectos, con módulos 3G. |
TOTAL | $ 1.212.968.180 | $ 662.824.142 |
Ing. Carlos Alberto Oehler
Presidente
25 ABR. LIQ. Nº 39601 $1.600,00.-