BOLETIN OFICIAL Nº 42 – 09/04/2025
RESOLUCION Nº 5328-E/2025.-
EXPTE. Nº 1058-410/2022.-
AGREG. Nº 1058-360/22 y Nº 1058-370-22.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 MAR. 2025.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dejase sin efecto la Resolución N° 3220-E-22 que aprueba el REGLAMENTO DE FORMACIÓN CONTINUA Y OTRAS INSTANCIAS DE FORMACIÓN PARA LA GESTIÓN DE OTORGAMIENTO DE PUNTAJE DOCENTE, a partir de la emisión de la presente, por los motivos expuestos en el exordio.-
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “Reglamento de Formación Continua para Instituciones Oferentes” que como Anexos I, II, III, IV, V y VI forman parte del presente Acto Resolutivo.-
ARTÍCULO 3°.- Dispónese la creación de un Sistema de Relevamiento de Capacitandos de Formación Continua, que tendrá como finalidad integrar en un único entorno digital la información estadística de las ofertas de formación, con distintos niveles de usuarios, para procesar y analizar la información para la gestión y toma de decisiones del Sistema Educativo Provincial en materia de Formación Continua.-
ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Ministerio de Educación de la Provincia difundirá con vigencia anual, las Líneas Prioritarias de Formación Continua Profesional Docente en coherencia con los lineamientos de la política educativa nacional y provincial y los Diseños Curriculares Jurisdiccionales.-
ARTÍCULO 5°.- Establécese que las propuestas tendrán validez en la medida en que se encuentren en vigencia las Líneas Prioritarias de Formación Continua Profesional Docente en las cuales se enmarcan y realicen las actualizaciones de Legajos Institucionales y designaciones de coordinadores, en las dependencias correspondientes y en los plazos establecidos por la normativa vigente.-
ARTÍCULO 6°.- Determínase que no serán valoradas las propuestas presentadas por particulares, a fin de garantizar el desarrollo de las mismas mediante aval institucional.-
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que las Instituciones Privadas Oferentes deberán presentar, con vigencia cuatrimestral, el Plan de Ofertas de Formación Continua el primer día hábil de los meses correspondientes a febrero y julio, de los proyectos a desarrollar en el presente año, con carácter improrrogable.-
ARTÍCULO 8°.- Establécese que el incumplimiento del Artículo 7° de la presente Resolución inhabilita la evaluación de los proyectos no contemplados en el Plan de Ofertas de Formación Continua.-
ARTÍCULO 9°.- Dispónese que para el inicio de las acciones de Formación Continua, las instituciones Oferentes deberán contar indefectiblemente con la Resolución ministerial que las habilite como tal, bajo apercibimiento de rechazo del pedido y sanciones administrativas si correspondiere.-
ARTÍCULO 10°.- Considérese como instrumentos legales que habilitan la calificación docente en Junta Provincial de la Calificación Docente, las Resoluciones de Aprobación del proyecto de Formación Continua para la difusión y ejecución de las acciones y la Resolución de Otorgamiento de Puntaje docente para su acreditación.
ARTÍCULO 11°.- Autorízase a la Secretaría de Planeamiento Estratégico a realizar las acciones tendientes al control y validación de los certificados de participación y aprobación para la correspondiente acreditación de puntaje en la Junta Provincial de Calificación Docente.-
ARTÍCULO 12°.- Procédase a notificar por Coordinación de Despacho a la Secretaría de Planeamiento Estratégico los términos del presente Acto Resolutivo.
ARTÍCULO 13°.- Regístrese y previa toma de conocimiento, publíquese sintéticamente, dése registro y Boletín Oficial y pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Inicial, Dirección de Educación Primaria, Dirección de Educación Secundaria, Dirección de Educación Superior, Dirección de Educación Técnico Profesional, Coordinación de Modalidades, Dirección Provincial de Evaluación Institucional, Asesoría Técnico Pedagógica Ministerial, Dirección de Acompañamiento Integral Educativo, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Inicial – Sala Primaria – Sala Secundaria – Sala Superior- Sala Técnico-Profesional. Cumplido. Archivase.-
- Sc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación