BOLETIN OFICIAL Nº 33 – 21/03/2025

RESOLUCION Nº 5325-E/2025.-

EXPTE. Nº 1090-1092/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 MAR. 2025.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN GESTIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS” al Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800902-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN GESTIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS”, para la cohorte 2025 con inicio en el mes de abril, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.-

ARTICULO 3°.- Dispónese que la Dirección de Títulos aplique la Estructura Curricular, Plan de Correlatividades y Régimen de Aprobación que forma parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Gestión y Prevención de Emergencias”, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN GESTIÓN Y PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS”, del Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, para la cohorte 2025.-

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior Intercultural “Campinta Guazú Gloria Pérez”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2026, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTICULO 6°.- Procédase por la Coordinación de Despacho a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Hecho, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa. Dirección de Educación Privada, Dirección de títulos y Comisión de Estudio de Títulos. Cumplido, archívese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación