BOLETIN OFICIAL Nº 11 – 27/01/2025

RESOLUCION Nº 1564-DPRH/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2024.-

VISTO:

El Expte. Nº 613-730-2024 en el que corre la documentación: “ACTUALIZACION DEL VALOR DE CANON POR DERECHO DE USO DE AGUA DE DOMINIO PÚBLICO PARA EL PERIODO  2025”; y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Nº 8006 -I.S.P.T.y V/2018  modifica el Art. Nº 1 Decreto Nº 6406 – I.S.P.T.y V/2018 y faculta en el Art Nº 4 a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos a determinar el  Coeficiente de Variación Anual de acuerdo a la fórmula polinómica establecida en el Art Nº 2 y Art Nº 3.

Que, la Resolución Nº 035-DPRH-2024, establece los valores del año 2024 de acuerdo a la metodología prevista en el Decreto Nº 8006 – I.S.P.T.y V/2018.

Que, la Dipec Jujuy – Contaduría de la Provincia y Empresas del medio proveedoras de combustible han remitido datos necesarios que permiten actualizar los valores de canon.

Que, la División Cobranzas de la DPRH, eleva Planilla de Cálculo, de los valores a implementar en el Año 2025, según la metodología de variación aprobada por el Decreto mencionado precedentemente.

Que, es facultad de esta DPRH normar y reglamentar los Derechos de uso de agua, tomando como fundamento la Ley Nº 161 “Código de Aguas y La Ley Nº 5791/13, Código Fiscal de la Provincia de Jujuy, Libro Segundo, Título Sexto, Art Nº 332 que determina que corresponde a la DPRH fijar los plazos, formas y condiciones que deberán ser pagados los Derechos de Uso de Agua de Dominio Público

Que es necesario dictar el Instrumento Legal que acredite esta situación.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1842-OP-96 y 187-ISPTy V/2023.

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS

AD REFERENDUM DEL PODER EJECUTIVO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el Coeficiente de Variación Anual, (1,7180) resultante de la aplicación de la fórmula polinómica establecida por Decreto Nº 8006-2018 I.S.P.T.y V. desde el mes de Octubre del año 2.023 al mes de octubre del año 2.024 y considerando  los índices y valores suministrados por la DIPEC Jujuy – Contaduría de la Provincia y empresas del medio proveedoras de combustible.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS
  COEFICIENTE DE VARIACION ANUAL: FORMULA POLINOMICA    
  ADECUACION AL MES DE OCTUBRE 2024        
             
  a) INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR S.S.J. OCT/24   389758069760.06 2.8324  
    INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR S.S.J. OCT/23   137609389206.64  
             
  b) SUELDO CATEG.”1″ ADM.PUB.PROV.(M.S.) OCT/24   338400.00 2.3338  
    SUELDO CATEG.”1″ ADM.PUB.PROV.(M.S.) OCT/23   145000.00  
             
  c) PRECIO GASOIL PROMEDIO S.S.J. OCT/24   1146.33 3.2821  
    PRECIO GASOIL PROMEDIO S.S.J. OCT/23   349.2670  
             
             
CVA=COEFICIENTE DE ACTUALIZACION = (0,2*a)+(0,5*b)+(0,3*c)-1
             
             
CA = (0,20 x 2,8324) + (0,50 x 2,3338) + (0,30 x 3,2821) – 1
             
CA= (0,5665+ 1,1669 + 0,9846) – 1
             
CA = (2,7180) – 1 = 1,7180
             
  VALOR FINAL = VALOR INICIAL X (1 + Coeficiente de Actualización)    
  VALOR FINAL = VALOR INICIAL X (VALOR INICIAL x Coeficiente de Actualización)  

 

 

ARTICULO 2°.- Fíjar los Valores de Canon por Derecho de Uso de agua del dominio Público para el Ejercicio 2025, según los distintos tipos de Uso y distintas Categorías establecidas:

 

 

  DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS  
  GRANDES CONTRIBUYENTES  
    UNIDA DE MEDIDA VALOR VIGENTE AÑO 2025 VALOR MENSUAL (12 cuotas)                   
  Riego Permanente Has $ 20,673.78 $ 1,722.82  
  Riego Eventual Has $ 14,482.10 $ 1,206.84  
  Bebida Ltrs/Seg. $ 545.78 $ 45.48  
  Industrial Mm3/año $ 4,554.47 $ 379.54  
  Energia HP $ 1,595.06 $ 132.92  
           
           
  DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS  
  PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES  
    UNIDA DE MEDIDA VALOR VIGENTE AÑO 2025 VALOR MENSUAL (12 cuotas)                   
  Riego Permanente Has $ 6,863.18 $ 571.93  
  Riego Eventual Has $ 4,806.12 $ 400.51  
  Bebida Ltrs/Seg. $ 461.68 $ 38.47  
  Industrial Mm3/año $ 2,371.61 $ 197.63  
  Energia HP $ 1,280.38 $ 106.70  
           
           
  DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS HIDRICOS  
  EL CARMEN ESPECIAL REGULADO  
    UNIDA DE MEDIDA VALOR VIGENTE AÑO 2025 VALOR MENSUAL (12 cuotas)                   
  Riego Permanente Has $ 26,046.95 $ 2,170.58  
  Bebida Ltrs/Seg. $ 11,186.94 $ 932.25  
  Industrial Mm3/año $ 11,396.57 $ 949.71  
  Energia HP $ 11,186.94 $ 932.25  
           

 

ARTICULO 3°.- Establecer  el calendario de vencimiento de  Derecho de Uso de Agua de Dominio Público para las diferentes categorías establecidas: Grandes Contribuyentes-Pequeños Contribuyentes – El Carmen Especial – 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas de acuerdo al siguiente cronograma:

 

Periodo 01/12 Vencimiento : 10/02/2025
Periodo 02/12 Vencimiento : 10/03/2025
Periodo 03/12 Vencimiento : 10/04/2025
Periodo 04/12 Vencimiento : 09/05/2025
Periodo 05/12 Vencimiento : 10/06/2025
Periodo 06/12 Vencimiento : 10/07/2025
Periodo 07/12 Vencimiento : 11/08/2025
Periodo 08/12 Vencimiento : 10/09/2025
Periodo 09/12 Vencimiento : 10/10/2025
Periodo 10/12 Vencimiento : 10/11/2025
Periodo 11/12 Vencimiento : 10/12/2025
Periodo 12/12 Vencimiento : 09/01/2026

 

ARTICULO 4°.- Los pagos fuera de  término, devengarán un interés resarcitorio del 4.5 % mensual. (RG Nº 1624 DPR).

 

ARTICULO 5º.- BENEFICIOS:

  1. Los usuarios que revisten como pequeños contribuyentes o pertenezcan al Riego Regulado, que se encuentren al dia y los pagos se realicen mediante transferencia bancaria, código QR, via Macro Clik o debito bancario, tendrán un descuentos del 5% de la cuota vigente.
  2. Este beneficio se extenderá hasta un 10% en los dos primeros vencimiento (10-02-2025 y 10-03-2025), cuando el usuario se encuentre re empadronado acordes las normas vigentes al 31-12-2024.
  3. Los usuarios que realicen mejoras en los sistema s de riego e incorporen superficies bajo riego con la misma dotación se aplicara la rebaja de tarifa que el Código de Aguas prevé para el ejercicio 2025.
  4. Los usuarios que se registren como uso recreativo hasta el 31-03-2025, tendrán un descuentos del 20% del canon.

 

ARTICULO 6º.- Los usuarios que no se incorporen en los distintos medios de pagos bancarios habilitados por el Banco Macro, se le incluirá en la cuota y pasara a formar parte de ella, un costo administrativo igual a una unidad de Ha. Mensual por cada cuota.-

ARTICULO 7º.- Remitir las presentes actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a los fines de prosecución del trámite pertinente.-

ARTICULO 8º.- Regístrese. Tomen conocimiento Áreas, Departamentos y Divisiones de la Dirección. Agréguese copia al Expediente correspondiente. Cumplido, archívese.-

ARTÍCULO 9°.- Regístrese. Tomen conocimiento Áreas, SIGAC y   Departamentos de la Repartición. Agréguese copia al expediente para prosecución del trámite. Cumplido. Archívese.-

 

Ing. Guillermo A. Sadir

Director

24/27/29 ENE.-