BOLETIN OFICIAL Nº 143 EE – 17/12/2024
RESOLUCION Nº 4255-E/2024.-
EXPTE. Nº 1057-462/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 DIC. 2024.-
VISTO:
Las presentes actuaciones, mediante las cuales se tramita la aprobación del Anuario Escolar de la Provincia de Jujuy para el Año 2025-2026 elevado por la Secretaría de Gestión Educativa, para todas las instituciones educativas de los niveles, ciclos y modalidades de educación dependientes del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy; y
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy, a partir de estrategias participativas, impulsa la elaboración y diseño del Anuario Escolar 2025-2026, instrumento que guía y ordena las actividades escolares;
Que, mediante Resolución CFE N° 484/2024, se ratificó que las jurisdicciones garanticen el Calendario Escolar del año 2025, con al menos ciento noventa días efectivos de clases;
Que, el Anuario Escolar establece un orden académico y administrativo por niveles de educación, para las instituciones educativas públicas de gestión estatal: provincial y municipal; privada, social o cooperativa y para todas las modalidades de educación, definiendo los períodos formales de funcionamiento institucional, con las previsiones necesarias para el logro de objetivos;
Que, el Anuario Escolar es un documento público y de consulta para todos los miembros de la comunidad y organismos del Estado;
Que, las acciones planificadas en el documento promueven, desde una perspectiva de Derechos Humanos y en coherencia con los lineamientos de la política educativa provincial y nacional: la inclusión, la innovación, el desarrollo profesional, la formación docente continua, la identidad local y el cuidado de la infancia y juventud, para una educación de calidad;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Anuario Escolar de la Provincia de Jujuy año 2025 del Período Escolar Común y año 2025-2026 del Período Escolar Especial, para todos los niveles, ciclos y modalidades de la educación, conforme al Anexo Único que forma parte de la presente Resolución.-
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el Anuario Escolar, aprobado por Artículo 1º del presente Acto Resolutivo, será de aplicación en todas las instituciones educativas públicas de gestión estatal: provincial y municipal; privada, social y cooperativa de los diferentes niveles, ciclos y modalidades educativas.-
ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la Secretaría de Gestión Educativa, a dictar los actos administrativos que resulten necesarios para la implementación de lo dispuesto por el presente Acto Resolutivo.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, publiquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Secretaría de Políticas Socioeducativas, Secretaría de Infraestructura Educativa, Secretaría de Crédito educativo, Dirección Provincial de Administración, Dirección de Educación Inicial, Dirección de Educación Primaria, Dirección de Educación Secundaria, Dirección de Educación Técnico Profesional, Dirección de Educación Superior, Dirección de Educación Privada, Coordinación General de Modalidades Educativas, Modalidad de Educación para Jóvenes y Adultos, Modalidad de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural, Modalidad de Educación Especial, Modalidad de Educación Hospitalaria y Domiciliaria, Modalidad de Educación en Contexto de Encierro, Modalidad de Educación Artística, Departamento de Educación No Formal, Dirección de Títulos, Dirección de Acompañamiento Integral Educativo, Junta Provincial de Calificación Docente, Ente Autárquico Permanente, para conocimiento y efectos de su competencia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-
- Sc. Ing Miriam Serrano
Ministra de Educación