BOLETIN OFICIAL Nº 141 – 13/12/2024
RESOLUCION CONJUNTA Nº 3721-E-S/2024.-
EXPTE. Nº 1090-1633/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2024.-
LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y SALUD
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “Tecnicatura Superior en Administración de Servicios de Salud”, en el Instituto Superior “San Expedito”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el número de CUE 3800984-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase la implementación para la cohorte 2024 de la carrera “Tecnicatura Superior en Administración de Servicios de Salud” al Instituto Superior “San Expedito”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme al Diseño Curricular aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.
ARTÍCULO 3º.- Dispónese que la Dirección de Títulos, aplique, la Estructura Curricular y Plan de Correlatividades y Régimen de Aprobación que forma parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1º para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Administración de Servicios de Salud”, por la cohorte 2024 de la carrera “Tecnicatura Superior en Administración de Servicios de Salud”, del Instituto Superior “San Expedito” con localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTÍCULO 4º.- Establécese que el Instituto Superior “San Expedito”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial..
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 6º.- Procédase por Coordinación de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaria de Planeamiento Estratégico, Dirección de Innovación Educativa, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos. Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.-
Dr. Gustavo Alfredo Bouhid
Ministro de Salud
- Sc. Ing Miriam Serrano
Ministra de Educación