BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024
RESOLUCION CONJUNTA Nº 3722-E-S/2024.-
EXPTE. Nº 1090-1872/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2024.-
LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y SALUD
RESUELVEN:
ARTICULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA”, al Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800941-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Autorizase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA”, por la cohorte 2024 con inicio en Marzo, al Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800941-00, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1º del presente Acto Resolutivo.-
ARTICULO 3º.- Dispónese que la Dirección de Títulos, aplique la Estructura Curricular y Plan de Correlatividades y Régimen de Aprobación que forma parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1º para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Instrumentación Quirúrgica” de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA”, por la cohorte 2024 del Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros” con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTICULO 4º.- Establécese que el Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTICULO 5º.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTICULO 6º.- Notifiquese por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTICULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos. Ministerio de Salud. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-
Dr. Gustavo Alfredo Bouhid
Ministro de Salud
- Sc. Ing Miriam Serrano
Ministra de Educación