BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024

RESOLUCION CONJUNTA Nº 3720-E-S/2024.-

EXPTE. Nº 1090-1563/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2024.-

LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y SALUD

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ESTERILIZACIÓN”, del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800937-00, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.-

ARTICULO 2º.- Autorizase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ESTERILIZACIÓN”, por la cohorte 2024 con inicio en Marzo, al Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800937-00, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1º del presente Acto Resolutivo.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que la Dirección de Títulos, aplique la Estructura Curricular y Plan de Correlatividades y Régimen de Aprobación que forma parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1º, para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Esterilización” de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN ESTERILIZACIÓN”, por la cohorte 2024 del Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte” con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 4º.- Establécese que el Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTICULO 5º.- Dispónese que el Instituto de Educación Superior “Nuevo Horizonte”, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el Inicio del Ciclo Lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTICULO 6º.- Procédase por la Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar los términos de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 7º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos. Ministerio de Salud. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

Dr. Gustavo Alfredo Bouhid

Ministro de Salud

 

  1. Sc. Ing Miriam Serrano

Ministra de Educación