BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024

RESOLUCION CONJUNTA Nº 3498-E-S/2024.-

EXPTE. Nº 1090-1876/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 OCT. 2024.-

LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y SALUD

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Diseño Curricular Institucional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN PODOLOGÍA”, en el Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros”, con localización en la ciudad de Libertador general San Martín, identificado con el número de CUE 3800941-02, que se incorpora como Anexo Único del presente Acto Resolutivo, por las razones expresadas en el exordio.

ARTÍCULO 2°.- Autorizase la implementación de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN PODOLOGÍA” al Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros”, localizado en la ciudad de Libertador General San Martín, conforme al Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1° del presente Acto Resolutivo.

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que la Dirección de Títulos, aplique, la Estructura Curricular y Plan de Correlatividades y Régimen de Aprobación que forma parte del Diseño Curricular Institucional aprobado por el Artículo 1° para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Podología”, por la cohorte 2024 de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN PODOLOGÍA”, del Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros” con localización en la ciudad de Libertador General San Martín.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que el Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros”, con localización en la ciudad de Libertador General San Martín, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del Ciclo Lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.

ARTÍCULO 6°.- Procédase por Coordinación de Despacho a notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.

ARTÍCULO 7°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos y Ministerio de Salud. Cumplido, archivese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación

 

Dr. Gustavo Alfredo Bouhid

Ministro de salud