BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024

RESOLUCION CONJUNTA Nº 3497-E-S/2024.-

EXPTE. Nº 1090-1716/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 OCT. 2024.-

LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y SALUD

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Autorizase la implementación del Diseño Curricular Jurisdiccional de la carrera “ENFERMERÍA” al Instituto Superior en Formación, Capacitación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N°3800814-00, conforme al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3586-E/S-2022, por la cohorte 2024 – inicio marzo.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que el Departamento Registro de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias aplique la Estructura Curricular y régimen de correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3586-E/S-2022 para la legalización de los títulos de los egresados como “Enfermero/a”, por la cohorte 2024 – inicio marzo, de la carrera “ENFERMERÍA” del Instituto Superior en Formación, Capacitación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto Superior en Formación, Capacitación y Superación Profesional “Lic. Myriam B. Gloss”, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTÍCULO 5°.- Procédase por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía del Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dese al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección Innovación Educativa, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudios de Títulos. Curry vuelva al Ministerio de Educación y archívese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación

 

Dr. Gustavo Alfredo Bouhid

Ministro Salud