BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024
RESOLUCION CONJUNTA Nº 3495-E-S/2024.-
EXPTE. Nº 1090-1877/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 OCT. 2024.-
LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y SALUD
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la implementación del Diseño Curricular Jurisdiccional de la carrera “Tecnicatura Superior en Hemoterapia” al Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros” localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N°3800941-00, conforme al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3585-E/S-2022 y su rectificatoria Resolución Conjunta N° 749-E/S-23 por la cohorte 2024 – inicio Marzo.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Títulos aplique la Estructura Curricular y Régimen de Correlatividades que forman parte del Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución Conjunta N° 3585-E/S-2022 y su rectificatoria Resolución Conjunta N° 749-E/S-23 para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico/a Superior en Hemoterapia”, por la cohorte 2024 – inicio Marzo, de la carrera “Tecnicatura Superior en Hemoterapia” del Instituto de Educación Superior de Formación Técnica “Melby Claros”, localizado en la ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto Superior de Formación Técnica “Melby Claros” con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la Incorporación a la Enseñanza Oficial.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la Institución, deberá cumplir con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada hasta el inicio del ciclo lectivo 2025, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-
ARTÍCULO 5°.- Procédase por la Coordinación de Despacho a notificar de la presente resolución a la Dirección de Educación Superior.-
ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Innovación Educativa, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio de Títulos. Ministerio de Salud. Cumplido, archívese.-
- Sc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación
Dr. Gustavo Alfredo Bouhid
Ministro Salud