BOLETIN OFICIAL Nº 132 – 22/11/2024

RESOLUCION Nº 2801-E/2024.-

EXPTE. Nº 1090-1028/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 SEP. 2024.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la implementación por la cohorte 2025 – inicio Marzo, del Diseño Curricular Jurisdiccional de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN DESARROLLO DE SOFTWARE” al Instituto de Educación Superior Nuevo Horizonte, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, identificado con el CUE N° 3800937-00, conforme al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 2730-E-2022.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la Dirección de Títulos, Legalizaciones, Certificaciones de Estudios y Equivalencias, aplique para la legalización de los títulos de los egresados como “Técnico Superior en Desarrollo de Software”, por la cohorte 2025 – inicio Marzo, de la carrera “TECNICATURA SUPERIOR EN DESARROLLO DE SOFTWARE” del Instituto de Educación Superior Nuevo Horizonte, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, la Estructura Curricular que forma parte del Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 2730-E-2022.-

ARTÍCULO 3°.- Establécese que el Instituto de Educación Superior Nuevo Horizonte, con localización en la ciudad de San Salvador de Jujuy, deberá acreditar ante la Dirección de Educación Privada, la actualización de la documentación edilicia, contable y legal de vencimiento trimestral, establecidas en la Resolución N° 8687-E-18, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de revocarse la incorporación a la Enseñanza Oficial.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que la institución, deberá cumplir hasta el inicio del ciclo lectivo 2026 con las observaciones edilicias formuladas por la Dirección de Educación Privada, bajo apercibimiento de emitir informe desfavorable en futuras solicitudes de aprobación y/o implementación de ofertas técnicas de Nivel Superior.-

ARTÍCULO 5°.- Procédase por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación, á notificar de la presente Resolución a la Dirección de Educación Superior.-

ARTÍCULO 6°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Secretaría de Planeamiento Estratégico, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Títulos, Comisión de Estudio¿ de Títulos. Cumplido archívese.-

 

  1. Sc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación