BOLETIN OFICIAL Nº 129 – 13/11/2024
RESOLUCION Nº 003470-S/2024.-
EXPTE. Nº 711-101/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 OCT. 2024.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación e implementación de la Hoja de Ruta ante caso sospechoso de Dengue y Seguimiento de Pacientes; y
CONSIDERANDO:
Que, obra pedido formal de la Dirección General de Epidemiologia, por el cual expresa que, lo requerido resulta necesario teniendo en cuenta el escenario epidemiológico que presenta la provincia en cuanto al evento de Dengue y considerando los antecedentes de brotes, es necesario trabajar en forma intensificada y articulada para abordar las acciones de promoción y prevención de Dengue.
Que, a más de ello destaca que la vigilancia integrada del mentado evento debe considerar pilares fundamentales, tales como: – Detección oportuna de los casos sospechosos, – Notificación inmediata del evento en el Sistema Nacional SNVS2.0 – SISA, – Red de Laboratorio, – Vigilancia entomológica, – Abordaje Integral, – Trabajo Coordinado con organismos locales, – Vigilancia epidemiológica debe abordarse en función de las cuatro (4) etapas del año (ESCENARIO O: Julio – Septiembre – Presencia de huevos del vector sin actividad larvaria y sin ocurrencias de casos; ESCENARIO 1 – RIESGO BAJO: octubre – noviembre – Baja presencia del vector sin existencia de casos de dengue y otras ETMAa; ESCENARIO 2 – RIESGO MEDIO: diciembre – febrero – Presencia del vector con existencia de casos sospechosos de dengue y otras ETMAa (generalmente con antecedentes de viaje); ESCENARIO 3 – RIESGO ALTO: marzo – junio – Presencia del vector con existencia de casos confirmados de dengue y otras ETMAa -con y sin antecedentes de viaje-).
Que, la presente Hoja de Ruta plantea de manera específica las acciones a seguir ante la presencia de un caso sospechoso de Dengue sujeta al contexto epidemiológico actual y como tal es dinámica y sujeta a modificaciones según el periodo que atraviesa la provincia.
Que, el Seguimiento de Pacientes sospechosos de dengue por teleasistencia y control domiciliario, tiene como Objetivo: Mejorar la estrategia de seguimiento de los pacientes con diagnóstico/ sospecha de dengue que se encuentran con tratamiento ambulatorio; siendo la población objetivo: Personas que presentan síntomas compatibles con Dengue que hayan sido atendidas en Guardias Hospitalarias, Centros de Atención Primaria de la Salud, Nodos, Telemedicina y SAME.
Que, se observa intervención de la Secretaria de Coordinación General y de la Secretaria de Salud.
Que, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos emite dictamen de competencia y expresa que el dengue es una enfermedad viral transmitida por la picadura de un mosquito, principalmente el Aedes Aegypti, que puede tener graves consecuencias para la salud, por lo que el aumento de casos no solo ejerce una presión adicional sobre nuestro sistema de salud, sino que también pone en riesgo el bienestar y la seguridad de la población. Es por ello, que se requiere no solo esfuerzos del sistema de salud, sino de la colaboración de toda la comunidad, siendo crucial la implementación de la presente hoja de ruta.
Que, el cuerpo legal manifiesta que, el propósito de la Hoja de Ruta radica en estandarizar y optimizar el procesamiento y diagnóstico del SFAI (Dengue, Chikungunya, Zika, Fiebre Amarilla), otorgando operatividad, seguridad y premura durante todo el proceso de atención, al mismo tiempo otorga al personal sanitario la celeridad en su actuación para desarrollar sus actividades con eficacia, profesionalidad, tranquilidad y seguridad y destaca que el Seguimiento de Pacientes sospechosos de dengue por teleasistencia y control domiciliario, mejorar la estrategia adoptada por el equipo sanitario.
Que, desde un punto de vista legal entiende que corresponde encuadrar las presentes actuaciones a lo establecido por la Ley N°5875 articulo 26 y destaca que el Poder Ejecutivo mediante Decreto N°6203-S/2018 en su artículo 2° establece que actuara como autoridad de aplicación el Ministerio de Salud para la ejecución del Plan Estratégico de Salud, quedando facultado para llevar adelante las acciones necesarias para implementar, coordinar y articular el cumplimiento y ejecución de dicho plan. A más de ello indica que por Decreto Acuerdo N°472/2016 se declaró el estado de alerta sanitario en la provincia de Jujuy ante la grave situación de riesgo generado por la ocurrencia de enfermedades transmitidas por el mosquito Aedes Aegypti, autorizando al Ministro de Salud a dictar normativa interpretativa y reglamentaria necesaria. Asimismo, por Resolución N°1142-S/2024, se declaró el Estado de Alerta Sanitaria por Dengue en todo el territorio de la provincia de Jujuy.
Que por todo lo expuesto entiende que correspondería emitir el presente acto administrativo.
Por ello, en uso de facultades propias;
EL SR. MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar e Implementar la HOJA DE RUTA ANTE CASO SOSPECHOSO DE DENGUE Y SEGUIMIENTO DE PACIENTES, la que como ANEXO I forma parte de la presente Resolución, a partir de la emisión del presente acto administrativo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, regístrese en el Libro de Resoluciones, remítanse las actuaciones a la Secretaria de Coordinación General, a la Secretaria de Salud, a la Secretaria Técnica Legal y de Recursos Humanos y a la Secretaria de Salud Mental y Adicciones, a la Sub Secretaria Técnica Operativa, a la Sub Secretaria de Atención, Promoción y Prevención, a la Dirección General de Epidemiologia, a efectos de notificar la presente a las áreas de su dependencia. Cumplido Archívese.-
Dr. Gustavo Alfredo Bouhid
Ministro de Salud