BOLETIN OFICIAL Nº 118 – 18/10/2024
RESOLUCION Nº 3403-E/2024.-
EXPTE. Nº 1057-453/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 OCT. 2024.-
LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase el Procedimiento marco para la cobertura del ingreso a 1er Año de Educación Secundaria obligatoria para el Ciclo Lectivo 2025, en todas las Instituciones de Educación Secundaria de la provincia de gestión estatal, social y/o cooperativa de período escolar común, que como Anexo I forma parte del presente Acto Resolutivo.-
ARTICULO 2°.- Déjase establecida una instancia evaluativa para aquellas Instituciones Educativas con sobre demanda histórica, conforme lo dispuesto en el Anexo II de la presente Resolución.-
ARTÍCULO 3°.- Autorizase la implementación del Cronograma dispuesto para la cobertura de vacantes disponibles para el ingreso a 1er. Año de Educación Secundaria obligatoria en todas las instituciones de Nivel de Educación Secundaria de gestión estatal, social y/o cooperativa de período escolar común donde la demanda supera la vacante disponible, que como Anexo III forma parte de la presente Resolución.-
ARTÍCULO 4°.- Autorízase al Equipo Directivo de las Escuelas Normales de Nivel de Educación Secundaria de la Provincia de Jujuy a realizar la inscripción definitiva de forma presencial los días 08 y 09 de octubre de 2024 a estudiantes de 7° año del Nivel de Educación Primaria de la mima institución para su ingreso a 1er Año del Nivel de Educación Secundaria correspondiente al Ciclo Lectivo 2025.-
ARTÍCULO 5°.- Facúltase a la Dirección de Educación Secundaria a dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la implementación de la presente.-
ARTÍCULO 6°.- Encomiéndase a la Dirección de Sistemas el diseño y desarrollo de un Sistema Informático, formularios, aplicaciones y ordenamientos en línea que fueren menester a los efectos de garantizar el cumplimiento oportuno del cronograma y del procedimiento, aprobados en los Artículos 1°, 2° y 3°.-
ARTÍCULO 7°.- Procédase por Jefatura de Despacho a notificar la presente Resolución a la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Secundaria y Dirección de Educación Primaria.-
ARTÍCULO 8°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial. Hecho, pase para conocimiento a la Dirección de Educación Técnico Profesional, Dirección de Educación Primaria, Secretaría de Planeamiento Educativo, Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa y Dirección de Sistemas del Ministerio de Educación. Publíquese por medios de comunicación oficial. Cumplido, vuelva y archívese.-
- Sc. Ing. Miriam Serrano
Ministra de Educación