BOLETIN OFICIAL Nº 113 – 04/10/2024

RESOLUCION Nº 118-E-JUJ-MPEM/2024.-

EX-2024-00078028- -JUJ-MPEM.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 OCT. 2024.-

Que, la Constitucion de la Provincia de Jujuy establece que la innovacion y el desarrollo tecnologico deben ser respetuosos de los derechos humanos y principios eticos (C.P.J., Articulo 73 ap. 4).

Que, la Provincia de Jujuy fomenta la democratizacion del conocimiento y el acceso a la informacion, promoviendo la conectividad universal y el acceso a las tecnologias y a la innovación (C.P.J., Articulo 72 ap. 1 y 2).

Que, todas las personas tienen derecho a la proteccion de sus datos personales, y el Estado promovera su proteccion asi como la seguridad de los datos del Estado (C.P.J., Articulo 77 incs. 1 y 5).

Que, firma del Acuerdo Marco de Cooperacion entre el Ministerio de Modernizacion de la Nacion y la Provincia de Jujuy, en Junio 2016 sento las bases del proceso gradual y progresivo de innovacion publica provincial.

Que, la ley N° 6016 de “Modernizacion de la Administracion Publica de la Provincia” es el instrumento mediante el cual se ejecutaran las acciones necesarias orientadas a fortalecer el Estado Provincial en su rol de principal garante del bien comun, adaptar su funcionamiento a las exigencias tecnologicas del siglo XXI y orientar el accionar publico hacia el paradigma del servicio al ciudadano.

Que, el Decreto No 9070-G/2019. Reglamentacion de la Ley No 5425 de adhesion a la Ley Nacional No 25.506 de Firma Digital y de aprobacion del Sistema de Gestion Documental Electronica.

Que, la ley No 6132 establecio de modo pionero un Regimen de Promocion de Actividades de Big Data en la Provincia de Jujuy, dando incentivo al procesamiento de grandes volumenes de datos y a la economia del conocimiento.

Que, la Ley No 6260 de Digitalizacion de Procedimientos Administrativos y el Decreto 9630-PEyM-23 reglamentario del Procedimiento Administrativo que tramita por Expediente Electronico, han permitido completar el marco de legalidad que sustenta el inicio de la despapelizacion de los organismos de Gobierno.

Que, el Decreto No 5073-PEyM-22 Instituye a este ministerio como autoridad de aplicacion de las Leyes No 6016 y No 6246 y autoriza la implementacion progresiva de los sistemas de Gestion Documental Electronica en los organismos dependientes del Poder Ejecutivo, centralizados, descentralizados, autarquicos, empresas y sociedades del Estado.

Que, el Decreto Nº 278- PEyM-24 crea la Plataforma Digital de la Provincia, el Portal de Trámites Unificados TuJujuy y el Perfil Digital del Ciudadano App TuJujuy como único medio de vinculación ciudadana con los organismos de Que, la digitalizacion de los tramites administrativos mejora la experiencia ciudadana de acceder a tramites y servicios publicos por via remota desde cualquier dispositivo con acceso a internet, elimina la necesidad de acudir a oficinas publicas, ahorra tiempo y costos de transporte.

Que, el proceso gradual y progresivo de Transformacion Digital del sector publico provincial requiere el aumento de los niveles de seguridad informatica a partir de la construccion de la infraestructura necesaria para dar el tratamiento adecuado y proteger la informacion y los sistemas del Gobierno de la Provincia (Ley No6016 Articulo 8 inc. e).

Que, la informacion y los sistemas informaticos se han convertido en pilares fundamentales para el funcionamiento eficiente y seguro de la administracion publica, garantizando la continuidad de los servicios publicos.

Que, el creciente uso de la tecnologia y la interconexion de sistemas tornan imperioso crear conciencia sobre la necesidad de confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información publica, lo que promovera mas confianza de los ciudadanos en la Administracion Publica.

Que, es impostergable establecer un Protocolo de Ciberseguridad con un enfoque basado en Riesgos y en estandares tecnicos internacionales NIST, que garantice la proteccion de los datos y sistemas informaticos en la Administracion Publica de la Provincia de Jujuy cuyos ejes son: Proteccion de la Informacion Sensible; Prevencion de Ciberataques; Capacitacion y Concienciacion; y Coordinacion y Respuesta a Incidentes.

Que, han intervenido los organismos especificos de Ciberseguridad, Innovacion Publica y Legal y Tecnico, que aconsejan dictar el acto administrativo de aprobacion del el corresponde a esta cartera en general, adoptar medidas y realizar actividades que correspondan al cumplimiento de las finalidades de su competencia.

Por ello,

LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y MODERNIZACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruebese el Protocolo de Ciberseguridad que establece los estandares técnicos de proteccion de datos y sistemas informaticos del Plan de Modernizacion de la Administracion Publica Provincial y forma parte de la presente Resolucion como Anexo Unico, por los motivos expuestos en el exordio.-

ARTICULO 2º.- El Protocolo aprobado por el Articulo 1o entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion.-

ARTICULO 3º.- El Protocolo de Ciberseguridad se implementara en forma gradual y progresiva en las etapas previstas de la Transformacion Digital, en los organismos del Poder Ejecutivo Provincial, centralizados, descentralizados, autarquicos, empresas y sociedades del Estado y en los Municipios que adhieren al Plan de Modernizacion de la Administracion Publica de la Provincia de Jujuy.-

ARTICULO 4º.- El presente marco normativo estara sujeto a revision periodica para garantizar su relevancia y estara disponible en el sitio @jujuymoderno.

ARTICULO 5º.- Registrese. Pase a toma de razon por Fiscalia de Estado. Siga a la Secretaria de Comunicacion y Gobierno Abierto a los fines de su amplia difusion. Pase al Boletin Oficial a los efectos de la publicacion. A conocimiento de las Secretarias de Planeamiento Estrategico y de Politica Territorial Estrategica. Pase a la Secretaria de Innovacion Publica, para sus demás efectos. Oportunamente, reservese en guarda temporal.-

 

Isolda Calsina

Ministra de Planificación Estratégica y Modernización