BOLETIN OFICIAL Nº 105 – 16/09/2024

RESOLUCION Nº 2136-E/2024.-

EXPTE. Nº 1090-48/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUL. 2024.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Incorporase a la Enseñanza Oficial al Instituto Modelo de Comunicación Audiovisual, de propiedad de Fundación Damasco, ubicado en calle José de la Iglesia N° 1700 del Barrio Cuyaya, de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en virtud de lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que anualmente se realice por las Áreas competentes de este Ministerio de Educación el estricto contralor pedagógico, edilicio, contable y jurídico-administrativo al Instituto Modelo de Comunicación Audiovisual, debiendo cumplimentar el interesado en tiempo y forma con la presentación de toda la documentación requerida y/o ejecutar las observaciones realizadas.-

ARTÍCULO 3°.- Dejáse establecido que queda expresamente prohibida la transmisión, cesión o transferencia por cualquier título de la presente incorporación a terceros, el cambio de nombre de la institución o el cambio de domicilio, sin previa autorización ministerial, bajo apercibimiento de Ley.-

ARTÍCULO 4°.- Establecése que al nombre de la Institución se le debe agregar la frase: “Incorporado a la Enseñanza Oficial”, seguido de la Resolución respectiva y la Clave Única de Establecimiento otorgado por el Ministerio de Educación.-

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que a través de la Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa de la Secretaría de Planeamiento Estratégico se proceda a dar el alta del CUE del Instituto Modelo de Comunicación Audiovisual, incorporado a la Enseñanza Oficial mediante la presente Resolución.-

ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la Dirección de Educación Superior, juntamente con la Dirección de Títulos, a regularizar y convalidar según corresponda y conforme normativa vigente, las trayectorias escolares de los estudiantes, a efectos de la certificación de los egresados, si correspondiere.-

ARTÍCULO 7°.- Déjase establecido que los propietarios, representantes y/o apoderados legales de la Institución son exclusivos responsables de sus empleados en forma solidaria e ilimitada, y del pago de los salarios y/o cualquier otro concepto que por normativa les corresponda como empleadores.

ARTÍCULO 8°.- Téngase presente que la mencionada incorporación no implica el otorgamiento de subvención o ninguna otra ayuda económica por parte del Estado Provincial.-

ARTÍCULO 9°.- Comuníquese a la Dirección de Control Comercial de la Municipalidad de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, de los términos de la presente Resolución.-

ARTÍCULO 10°.- La incorporación constituye al Instituto Modelo de Comunicación Audiovisual en depositario para el resguardo y archivo de toda la documentación de la Institución Educativa (informes edilicios, contables, pedagógicos y administrativos), la que deberá presentarse a requerimiento de las autoridades del Ministerio de Educación o ser entregada al Estado para su resguardo y archivo, en caso de producirse su caducidad; asegurando a través de la Dirección de Educación Superior, la titulación de los estudiantes.-

ARTÍCULO 11°.- Dispónese que el Incumplimiento de las disposiciones de la presente Resolución por parte del propietario o de la Institución, conllevará inmediatamente a la caducidad de la presente Incorporación a la Enseñanza Oficial.

ARTÍCULO 12°.- Procédase a notificar por Coordinación de Despacho al Presidente, de la Fundación Damasco, Sr. Omar Gustavo Flores, en su domicilio legal del presente Acto Resolutivo.

ARTÍCULO 13°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado comuníquese y publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Cumplido pase a conocimiento de la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Privada, Dirección de Educación Superior, Dirección de Títulos y Dirección de Planeamiento, Información y Evaluación Educativa. Hecho, archívese.-

 

  1. Soc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación