BOLETIN OFICIAL Nº 96 – 28/08/2024

RESOLUCION Nº 2712-E/2024.-

EXPTE. Nº 1057-331/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 AGO. 2024.-

LA MINISTRA DE EDUCACION

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Rectifícanse y amplíanse los términos del Artículo 2° del procedimiento de Registración, Calificación y Reubicación del Personal Docente Titular e Interino, establecido en el Anexo Único – Capítulo I de la Resolución N° 2641-E-24, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 2°.- Los directores de cada institución educativa, deberán presentar hasta el 05 de Septiembre de 2024, ante Junta Provincial de Calificación Docente- Sala Secundaria, el formulario de registración, declaración jurada, certificación de servicios y nota de elevación a la Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Secundaria interpuesta por cada uno de los docentes en situación de disponibilidad o pendiente de reubicación de su institución educativa.

En caso de que la institución educativa no diere cumplimiento a esta normativa se comunicará a la Dirección de Educación Secundaria para que tome las medidas que correspondiere y los docentes que NO realicen esta registración en tiempo y forma perderán el derecho a su reubicación y dejaran de percibir el pago de estas horas a partir del 31/12/2024.

LA CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS EMITIDA POR CADA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, DEBERÁ CONTENER FECHA PRECISA Y ESPACIO CURRICULAR POR LOS CUALES QUEDÓ EN DISPONIBILIDAD.”

 

ARTICULO 2°.- Regístrese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, cumplido pase a la Secretaría de Gestión Educativa, Dirección de Educación Secundaria, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Secundaria, Dirección Provincial de Administración. Cumplido, archívese.-

 

  1. Soc. Ing. Miriam Serrano

Ministra de Educación