BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 26/07/2024

RESOLUCION Nº 090-MAyCC/2024.-

EXPTE. Nº 1100-104/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUL. 2024.-

VISTO: 

El Proyecto de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y Valoración Energética, el Contrato de Financiamiento entre el Banco Europeo de Inversiones y la Provincia de Jujuy aprobado por Decreto Nº 7196-A-2018 y por Ley Provincial Nº 6048, la No Objeción otorgada por el Banco Europeo de Inversión de los Pliegos Licitatorios de las presentes actuaciones y la Resolución N° 187/2017-MA, de creación de la Unidad de Implementación del Programa de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos y Valorización Energética de la provincia de Jujuy, y;

CONSIDERANDO: 

 Que, por Decreto 8679-AyCC/2023 se autorizó al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional para la “CONSTRUCCIÓN DE LA MINI ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA (M.E.T.) EL CARMEN- PROYECTO GIRSU –BEI – Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy – Contrato de Financiamiento BEI FI Nº 88098 – Serapis Nº 2017-0224”

Que, en virtud de la mentada autorización, y la documentación obrante en autos, el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático obtuvo autorización de excepción para la continuidad de esta licitación por el Sr. Jefe de Gabinete y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas en Expte. 1100-62-2024;

Que, como consecuencia de las autorizaciones obtenidas el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático emite la Resolución Nº 228/MAyCC-23 por la cual se dispone el Licitación Pública Nacional Nº 05 /2023-MAyCC para la obra de “CONSTRUCCIÓN DE LA MINI ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA EL CARMEN- Proyecto GIRSU- BEI”, con un  Presupuesto  Oficial  de  PESOS TRES MIL    DOSCIENTOS   DIECINUEVE   MILLONES  TRESCIENTOS   OCHO  MIL

QUINIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($3.219.308.560,42), se aprueba Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego Único de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas, Planos y documentación pertinente, como así también conforma la Comisión de Evaluación del presente proceso;

Que se agregan las respectivas publicaciones, invitaciones y constancias de recepción de ofertas;

Que, en fecha 28/02/2024 se procede al Acto de Apertura de los sobres con las ofertas en el siguiente orden: JUMI S.R.L. con una oferta que asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTITRÉS CON SETENTA Y CINCO ($4.564.089.123,75), VAPEU S.R.L. cuya oferta aciende a la suma de PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y DOS ($4.800.214.974,52), EMPRENDIMIENTO RIO GRANDE S.R.L. cuya oferta asciende a la suma de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y DOS CON DOS ($4.470.199.052,02) y PANEDILE ARGENTINA S.A.I.C.F.Ei. cuya oferta asciende a la suma de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS VEINTE ($7.664.414.520);

Que la comisión de Evaluación emite un primer informe expresa “…la oferente EMPRENDIMIENTO RIO GRANDE S.R.L., no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, ni a los requisitos consignados en el Pliego atendiendo al contenido de la propia Oferta, y conforme surge de la IAL 11 y concordantes de los DDL, aconsejándose se desestime la Oferta referida…continúa su tarea  de  evaluación  respecto  de  la  siguiente oferta económica más baja, que  es  la  presentada  por  JUMI S.R.L. Y  de  acuerdo  a  lo dispuesto  en  los  IAL  y  a  lo  expresado  en  las  consideraciones   contables,

financieras y técnicas realizadas ut supra sobre la Oferta en cuestión, considerando que la misma se ajusta sustancialmente a lo establecido en el Documento de Licitación y que es el costo evaluado más bajo, en orden de prelación, y atendiendo al factor objetivo de análisis de la conveniencia económica del precio ofertado, esta Comisión de Evaluación sugiere adjudicar la obra MINIESTACIÓN DE TRANSFERENCIA MET EL CARMEN en el marco del Proyecto GIRSU BEI a JUMI S.R.L. que se constituye en la oferta económica más baja y conveniente cumple con las condiciones sustanciales exigidas en el pliego…”;

Que, la empresa VAPEU S.R.L. presentó reclamo de conformidad a la Notificación cursada en fecha 06/05/2024 en el que expresa observaciones a los licitantes e indica que “JUMI S.R.L. tiene su Oferta con Base a Diciembre/2023”, reclamo que es analizado por la Comisión de Evaluación en el que concluye “…que el reclamo presentado por la empresa VAPEU SRL debe desestimarse y ser rechazado, conforme los fundamentos expuestos ut-supra, ratificando además lo decidido oportunamente en la notificación de intención de adjudicar la obra a la empresa JUMI SRL.”;   

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos se expidió refiriendo que “…se sugiere salvo mayor criterio de la superioridad, proceder a la adjudicación de la CONSTRUCCIÓN MINI ESTACION DE TRANSFERENCIA (MET) EL CARMEN a la Empresa JUMI S.R.L. por ser la oferta VIABLE, RAZONABLE Y CONVENIENTE…Tal es mi opinión y constituye dictamen jurídico”;

Que, por su parte, Fiscalía de Estado expresa “Atento al análisis integral del presente proceso licitatorio especialmente de las distintas ofertas presentadas y de los dictámenes técnicos y legales que nos preceden aconsejamos: a.-Tener como ajustada a derecho el rechazo de la oferta económicamente más baja presentada por emprendimiento RÍO GRANDE SRL; b.- Desestimar por oferta  inadmisible  la  presentada  por  la firma VAPEU SRL y

como consecuencia de ello, rechazar el reclamo efectuado sobre la decisión de adjudicar el contrato, atento a los argumentos expuestos; c.- A mérito del análisis de las distintas propuestas, se aconseja seguir la sugerencia de la Comisión de Evaluación y Adjudicar la ejecución de la obra pública denominada CONSTRUCCION MINI ESTACIÓN DE TRANFERENCIA MET EL CARMEN a la empresa JUMI SRL, en base a su oferta económica que asciende a la suma de $4.564.089.123,75, que representa en relación al presupuesto oficial, una variación de +41,77%; d.- Teniendo en cuenta el precio de la oferta más conveniente, actualizar la afectación de la partida presupuestaria…”;

Por ello, en uso de facultades que le son propias;

LA MINISTRA DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- ADJUDICAR la obra “CONSTRUCCIÓN DE LA MINI ESTACIÓN DE TRANSFERENCIA (M.E.T.) EL CARMEN” a la Empresa “JUMI S.R.L.” CUIT Nº 33-70855777-9 por un monto total de Pesos Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Cuatro Millones Ochenta y Nueve Mil Ciento Veintitrés con 75/100 Centavos ($4.564.089.123,75), de conformidad a la documentación obrante en autos y las razones expresadas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- EXHORTAR a la Dirección General de Administración del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a la finalización del trámite respectivo de creación de la Partida Presupuestaria con la cual se afrontará la erogación que demande el cumplimiento del artículo 1º del presente y que se encuentra tramitado mediante expediente individualizado como “EX 2024-000032800 – JUJ-MA W1 S/SOLICITUD DE REFUERZO PARA MET EL CARMEN EN EL MARCO DEL PROYECTO GIRSU.-

ARTÍCULO 3º.- FIRMADO, regístrese. Remítanse, previamente, las actuaciones a Fiscalía de Estado  para su  intervención de  competencia.  Cumplido, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial por una vez, en la página web del Gobierno a través de la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto de Jujuy, en la página web del Ministerio de Ambiente y en el sitio de internet del Banco –Diario Oficial de la Unión Europea – DOUE, en caso de resultar necesario de acuerdo al pliego licitatorio. Notifíquese a los interesados. Archívese.-

 

  1. Soc. María Inés Zigarán

Ministra de Ambiente y Cambio Climático