BOLETIN OFICIAL Nº 81 – 22/07/2024

RESOLUCION Nº 093-MAyCC/2024.-

EXPTE. N° 1100-382/2023.-

San Salvador de Jujuy, 16 JUL. 2024.-

VISTO:

El expediente de la referencia, las Leyes N° 5954/16, 6048/17, 6006, 6238/21, el Decreto Acuerdo N° 4760-ISPTyV/21, y;

CONSIDERANDO

Que, por Ley Nº 6238 “Plan maestro Plurianual de Desarrollo 2021- 2023” se autoriza al Poder Ejecutivo a implementar el procedimiento de Concurso de Precios para la ejecución de las obras previstas y que conforman el mencionado Plan;

Que, mediante Decreto Acuerdo N° 4760-ISPTyV/21 se determinan los pasos a seguir en el procedimiento determinado para las Obras comprendidas dentro del Plan Maestro Plurianual de Desarrollo;

Que, la obra de construcción de un Punto de Acopio en la localidad de Palma Sola, se encuentra incluido dentro del Proyecto de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos de la Provincia de Jujuy y a su vez, fue previsto dentro de la Ley Nº 6238;

Que, mediante Resolución Nº 115-MAyCC/23 se declara fracasado el Concurso de Precios Nº02/2023 para la “CONSTRUCCIÓN DEL PUNTO DE ACOPIO – PALMA SOLA” y que en con posterioridad mediante Resolución Nº 147-MAyCC/2023 se aprueba el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego Único de Bases y Condiciones Particulares, Pliego de Especificaciones Técnicas, Planos y demás documentación, asimismo se llama a Concurso de Precios Nº6/2023-MAyCC para la “CONSTRUCCIÓN DEL PUNTO DE ACOPIO – PALMA SOLA  PLAN MAESTRO LEY Nº 6.238/21” con un presupuesto oficial de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MILLONES ($268.000.000);

Que, se agrega el Modelo Conceptual de Gestión de los Residuos Sólidos en la Provincia de Jujuy, al cual se circunscribe el Punto de Acopio de Palma Sola;

Que, la presente obra forma parte de la Contrapartida Provincial, prevista dentro del Contrato FI Nº 88098-SERAPIS Nº 2017-0224, encontrándose prevista en el presupuesto respectivo;

Que, la responsable financiera, integrante de Unidad de Implementación del Proyecto GIRSU BEI, informa que la partida presupuestaria con la cual afrontan los gatos correspondientes al presente expediente se encuentran en gestión en el EX – 2024 – JUJ-MA W1 – S/SOLICITUD DE REFUERZO PARA PUNTO DE ACOPIO PALMA SOLA EN MARCO DE PROYECTO GIRSU BEI;

Que, se encuentran agregadas las Publicaciones en Boletín oficial y las invitaciones a diferentes empresas, Cámaras de la Construcción y a los Colegios Profesionales locales, se prorroga la apertura de ofertas para 12 de septiembre de 2023;

Que, en esa fecha, se llevó adelante el Acto de Apertura de las Ofertas, labrándose la respectiva “Acta de Apertura de Ofertas” por personal de Escribanía de Gobierno de Jujuy de lo que resulta que se presentaron las siguientes ofertas: Omega Empresa Constructora con su oferta de $898.885.146,83, Ingeniero Miguel Ángel Vera Empresa Constructora con oferta de $521.213.427,99 y la firma CULTIVAR S.R.L. con oferta de $530.229.431;

Que, la comisión de Pre adjudicación, constituida por Resolución Nº 147-MAyCC/2023, efectúa el análisis correspondiente del se puede extraer que “…se debe adjudicar a la propuesta más conveniente y completa en primer lugar, y en segundo lugar al precio total más bajo según  lo establecido por Pliego de especificaciones  y  Planilla  de  detalle…ya  que el   bajo  presupuesto otorgado a este ítem puede incrementar costos extras y/o adicionales de obra” y se sugiere adjudicar la ejecución de la construcción de obra a la empresa CULTIVAR S.R.L. por un importe de $530.229.431,16 por ser considerada la más conveniente en función de los antecedente técnicos recabados;

Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este ministerio interviene considerando que correspondería salvo mejor criterio previa remisión a fiscalía de Estado, formalizar  la  adjudicación  de  la obra  PUNTO DE

ACOPIO PALMA SOLA a la empresa CULTIVAR S.R.L. por el importe que representa la propuesta económica;

Que, la Coordinación del UIP GIRSU BEI adjunta solicitudes de extensión de garantía de mantenimiento de ofertas de las que solo se obtuvo respuesta de la empresa CULTIVAR S.R.L.;

Que, se encuentra agregado el Expediente Nº100-156-2024 por el cual se tramitó ante la Dirección General de Arquitectura el análisis de la propuesta de Adecuación Provisoria del Precio de la Obra PUNTO DE ACOPIO PALMA SOLA habida cuenta de la necesidad de actualizar el presupuesto oficial ya que el presupuesto inicial se encontraba desactualizado y se pondría en riesgo la correcta y eficiente ejecución de la obra, análisis que arroja “… se puede concluir, salvo mejor criterio de la superioridad, que es pertinente dar por correctos desde el punto de vista técnico las Redeterminaciones 1 al 7, de la Obra “PUNTO DE ACOPIO PALMA SOLA…el presupuesto de oferta Actualizado a Marzo a 2024 es de PESOS UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 75 CTVOS. ($1.290.374.124,75);

Que, Fiscalía de Estado luego del análisis correspondiente estima que “…si las autoridades del Ministerio de Ambiente, adoptan la decisión de mantener vigente este llamado, se aconseja lo siguiente: a.- Con los nuevos valores que emergen del Estudio de  redeterminación  de  precios confeccionados por profesionales de la Dirección General de Arquitectura se obtenga la ratificación de continuar con el presente proceso de selección de oferentes por parte del Sr. Jefe de Gabinete y Sr. Ministro de Hacienda…”;

Que, se encuentran agregadas las conformidades recomendadas tanto del Jefe de Gabinete y Ministro de Hacienda y Finanzas;

Por ello, haciendo uso de las facultades propias;

LA MINISTRA DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 05/2023-MAyCC para la obra de “CONSTRUCCIÓN DEL PUNTO DE ACOPIO- PALMA SOLA. PLAN MAESTRO LEY 6238/21”, a la Empresa CULTIVAR S.R.L. CUIT Nº 30-71100731-4, con domicilio constituido en calle Vélez Sarsfield 181 – Barrio Cuyaya de esta ciudad, por un monto total de PESOS UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 75 CTVOS. ($1.290.374.124,75), de conformidad a los argumentos expresados en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático la confección del contrato pertinente.-

ARTICULO 3º.- EXHORTAR a la Dirección General de Administración del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, a la finalización del trámite respectivo de creación de la Partida Presupuestaria con la cual se afrontará la erogación que demande el cumplimiento del artículo 1º del presente y que se encuentra tramitado mediante expediente individualizado como “EX – 2024 – JUJ-MA W1 – S/SOLICITUD DE REFUERZO PARA PUNTO DE ACOPIO PALMA SOLA EN MARCO DE PROYECTO GIRSU BEI”, como también a la prosecución del trámite hasta su finalización, debiendo cumplir con las disposiciones legales vigentes en materia de ejecución, adjudicación y rendición de cuentas.-

ARTICULO 4º.- SUBSANAR el error material en el que se incurrió en el artículo 1º de la Resolución Nº 147-MAyCC/2023 en el que deberá leerse “LLAMESE al Concurso Nº 05/2023-MAyCC…”. –

ARTICULO 5º.- FIRMADO, regístrese. Notifíquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tome Razón Fiscalía de Estado. Cumplido, archívese. –

 

  1. Soc. María Inés Zigarán

Ministra de Ambiente y Cambio Climático

22/24/26 JUL.-