BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 28/06/2024
RESOLUCION Nº 192-SUSEPU/2024.-
CDE. EXPTE Nº 0630-029/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAY. 2024.-
VISTO:
El expediente del título caratulado: “EJE SA E/ RENDICIÓN DE COSTOS DE TARIFA ELECTRODEPENDIENTES CORRESPONDIENTE A DICIEMBRE 2023.”, y
La Resolución Nº 1513-ISPTyV/2023, la Secretaría de Energía de la Provincia resolvió eximir del pago del servicio de energía eléctrica, hasta el 31/12/2024 inclusive, a aquellos usuarios que se encuentren incluidos en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud del Ministerio de Salud de la Provincia, disponiendo que las erogaciones serán afrontadas con recursos provenientes del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales (FCT) y que la Concesionaria deberá efectuar la rendición de la aplicación del beneficio de manera mensual ante la SUSEPU; y
CONSIDERANDO:
Que, EJE SA remite a consideración de este Organismo, la rendición de los subsidios aplicados en la facturación a los usuarios incluidos en el Registro de Electrodependientes por cuestiones de salud del Ministerio de Salud de la Provincia, correspondiente a DICIEMBRE 2023, por un monto que asciende a $345.549,66. Agrega archivo de respaldo de lo realizado, en soporte magnético.
Que, a fs. 5/6, la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos informa que es correcta la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 66/100 CTVOS. ($345.549,66) por subsidios a 33 usuarios incluidos en el Registro de Electrodependientes correspondientes al mes de DICIEMBRE/2023, sugiriendo la aprobación del informe de EJE S.A., lo que también fue verificado por el sector Auditoría del Dpto. Control de Tarifas (fs. 4).
Que, la Gerencia de Asuntos Legales en Dictamen N° 39/2024, analizada la documentación obrante en autos, los términos de la Resolución N° 1513-ISPTyV/2023 de la Secretaría de Energía de la Provincia de Jujuy y el artículo 60 de la Ley N° 4.888, que establece que: “El Poder Ejecutivo Provincial podrá subsidiar las tarifas de usuarios finales en los términos que resulten de la reglamentación que a tal efecto se dicte, explicitando el mismo en el presupuesto provincial. La aplicación de estos subsidios deberá ser explicitada en la facturación al usuario. El destino de dichos subsidios será especificado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante acto administrativo expreso y su control estará a cargo de la Autoridad de Aplicación”.
Que, así las cosas, la SUSEPU ha sido facultada para efectuar el control de los subsidios en las tarifas de energía eléctrica que disponga el Poder Ejecutivo Provincial.
Que, por los argumentos antes vertidos, Asesoría Legal considera que –salvo más elevado criterio superior- habiendo informado la Gerencia Técnica de Servicios Energéticos que la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 66/100 CTVOS. ($345.549,66) por subsidios a usuarios incluidos en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud del Ministerio de Salud de la Provincia correspondientes al mes de DICIEMBRE/2023 es correcto, correspondería emitir el acto administrativo aprobando el informe presentado por EJE S.A.
Por ello, en uso de las funciones que le son propias;
EL DIRECTORIO DE LA SUSEPU.
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Aprobar la rendición del subsidio a usuarios incluidos en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy, conforme la Resolución N° 1513-ISPTYV-2023, presentado por EJE S.A., correspondiente al mes de DICIEMBRE 2023, según documentación que se encuentra agregada en autos, la que fuera analizada y controlada por la Gerencia de Servicios Energéticos, cuyo importe asciende a la suma de Pesos: TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 66/100 ($345.549,66).-
ARTÍCULO 2°.- Elevar las actuaciones al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda. Publicar en el Boletín Oficial. Dar a conocimiento de la Gerencia de Servicios Energéticos. Cumplido, archivar.-
Ing. Carlos Alberto Oehler
Presidente
28 JUN. LIQ. Nº 36496 $750,00.-