BOLETIN OFICIAL Nº 60 – 29/05/2024

RESOLUCION Nº 1160-E/2024.-

EXPTE. Nº 1050-434/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 MAYO 2024.-

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Convócase a Concurso de Antecedentes para la Cobertura, con carácter provisional, de los cargos vacantes de Supervisor de Zona de Región Educativa I, III, IV y VII del Nivel Primario, que figura en el Anexo Único de la presente Resolución de conformidad a lo expuesto en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que podrán participar en el presente Concurso los Directores y Vicedirectores Titulares de Escuelas de 1° y 2° categoría que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Poseer Titulo de Profesor de Enseñanza en el Nivel Primario conforme al Articulo 29° inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  2. Revistar Situación Activa conforme al Articulo 2º y Artículo 3º inciso a) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  3. Ser argentino nativo o naturalizado conforme al Articulo 29° inciso b) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  4. Tener dos (2) años por lo menos de antigüedad en el cargo de director o vicedirector de escuela superior, pero en ningún caso menos de ocho (8) años de servicios continuados en la docencia provincial conforme al Artículo 29° inciso c) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.
  5. Tener Desempeño Profesional BUENO conforme al Artículo 29° inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60 durante los últimos (5) años.
  6. No registrar medidas disciplinarias en el año del concurso o en el inmediato anterior conforme al Articulo 29° inciso ch) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60.

 

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que, para la calificación del Desempeño Profesional, Junta Provisional de Calificación Docente – Sala Primaria procederá a asimilar los Conceptos Profesionales de los docentes inscriptos en el concurso que obran actualmente en los legajos, a la categoría establecida por Ley N° 6298/22 “Grilla de Calificación de Antecedentes para docentes de los Niveles Obligatorios y Modalidades del Sistema Educativo de la provincia de Jujuy”.-

ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria con el acompañamiento de la Dirección de Educación Primaria, a ofrecer en Acto Público los cargos vacantes, con carácter provisional de Supervisores de Zona de Nivel Primario, de acuerdo al siguiente orden de prelación:

  1. En Primer Orden, los Directores Titulares de Escuelas de 1º y 2° categoría con Concurso de Oposición y Antecedentes aprobado.
  2. En Segundo Orden, los Vicedirectores Titulares de Escuelas de 1º y 2° categoría con Concurso de Oposición y Antecedentes aprobado.

 

ARTÍCULO 5º.- Facultase a la Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria la sustanciación del presente concurso de acuerdo al siguiente cronograma:

 

CRONOGRAMA DE CONCURSO
1) Difusión: 24, 25 y 26 de mayo de 2024
2) Inscripción: 27,28 y 29 de mayo de 2024
3) Exhibición del L.U.O.M. provisorio: 04 de Junio
4) Recepción de reclamos y/o impugnaciones: 05, 06 y 07 de junio de 2024
5) Exposición del L.U.O.M. definitivo: 18 de junio de 2024.
6) Ofrecimiento de cargos: 24 de junio de 2024.
7) Fecha de Toma de Posesión del cargo 25 de junio de 2024.

 

ARTÍCULO 6°.- Considerase en forma provisoria la inscripción y participación de los aspirantes que estuviesen sometidos a procesos sumariales. Si al momento del ofrecimiento del cargo con carácter provisional, el concursante continua con la sustanciación del sumario o resultare pasible de las medidas disciplinarias previstas en el Artículo 67° en los incisos ch), d), e), f) y g) del Estatuto del Docente Provincial Ley N° 2531/60, se desestimará su designación en el cargo.-

ARTÍCULO 7º.- Establécese que los docentes que se encuentren sometidos a procesos sumariales con causas penales, específicamente por incurrir en delitos de Índole sexual y vulnerar la protección y el bienestar físico y psicológico de los niños, niñas y adolescentes, quedan impedidos de participar en la presente convocatoria por el incumplimiento de los deberes inherentes al ejercicio del cargo docente, de conformidad con lo establecido en el marco normativo aplicable.-

ARTÍCULO 8º.- Dispónese que la Dirección de Educación Primaria deberá emitir el Acto Administrativo que disponga la Designación de los Supervisores, y asimismo deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en Circular N° 02-SGE/19, para su correspondiente alta en el Área de Recursos Humanos.-

ARTÍCULO 9º.- Encomiendase a Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria, a la Dirección de Educación Primaria, Supervisión General de Nivel Primario, Supervisores de Nivel Primario, Equipo Técnico Pedagógico Ministerial de Concursos y a las Jefaturas Administrativas Regionales I, II, III, IV, V, VI, VII, la responsabilidad de difundir la presente Resolución a todas las Instituciones Educativas.-

ARTÍCULO 10º.- Regístrese y pase a conocimiento con copia certificada al Boletín Oficial para su publicación. Cumplido, pase a conocimiento del Equipo Técnico Ministerial de Concursos, Secretaria de Gestión Educativa, Junta Provincial de Calificación Docente – Sala Primaria, Dirección de Educación Primaria, Dirección Provincial de Administración y Área de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.-

 

  1. Sc. Ing Miriam Serrano

Ministra de Educación